CAMPAÑA DE CONTROL DEL ETIQUETADO Y DE LA SEGURIDAD DE ARTÍCULOS DE PUERICULTURA (ARTÍCULOS PARA LA ALIMENTACIÓN LÍQUIDA, CHUPETES Y BROCHES PARA CHUPETES) 2017

La presente campaña de inspección se realizará por parte del personal de todos los Servicios de Consumo de las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, desde abril a julio de 2017.

A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

      La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realizará por parte del personal de todos los Servicios de Consumo de las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, desde abril a julio de 2017.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

      Los objetivos de esta campaña son comprobar que productos de puericultura tales como biberones, tetinas, chupetes, broches para chupetes, etc… cumplen con los requisitos básicos y generales de información y seguridad, así como adoptar las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras o ambas.

      Se va a hacer especial hincapié en los establecimientos de precio reducido y bazares, debido a que precisamente los productos que presentan más incumplimientos tanto en etiquetado como en seguridad son este tipo de establecimientos.

C) NÚMERO DE CONTROLES

      De acuerdo con los objetivos previstos, están programadas para su ejecución por los Servicios de Consumo provinciales el control de al menos 130 productos.

      Además, se llevará a cabo la toma muestras para su ensayo en laboratorio para verificar si cumplen la normativa de seguridad.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

      Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

      Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

Con carácter general, la normativa de aplicación es la siguiente:

  • Reglamento (CE) nº 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº. 339/93.
  • Decisión de la Comisión de 16 de diciembre de 2009 (DOUE, 26/01/2010), por la que se establecen directrices para la gestión del Sistema Comunitario de Intercambio Rápido de Información <<RAPEX>>, creado en virtud del artículo 12 de la Directiva 2001/95/CE, y del procedimiento de notificación establecido en el artículo 11.
  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
  • Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
  • Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios (modificado por el Real Decreto 1182/1989, de 20 de septiembre).
  • Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
  • Norma UNE-EN 14350-1:2005. Artículos de puericultura. Artículos para la alimentación líquida. Parte 1: Requisitos generales y mecánicos y ensayos.
  • Norma UNE-EN 12586:2008+A1:2011. Artículos de puericultura. Broches para chupetes. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.
  • Norma UNE-EN 1400:2013+A1:2014. Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.
  • UNE-EN 12790:2010. Artículos de puericultura. Hamacas reclinables.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

      En relación con la campaña de inspección de control del etiquetado y de la seguridad de artículos de puericultura de 2016, se realizaron en toda Andalucía 143 actuaciones inspectoras, habiéndose levantado 22 actas positivas, lo que supone un 15,38% del total. En cuanto a la toma de muestras, de las 30 tomadas, 4 han resultado positivas, lo que supone un 13,33% del total.

      Respecto a los resultados obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observan en lo relacionado a la existencia de artículos sin etiqueta, el incorrecto etiquetado de los productos, así como no el indicar correctamente las instrucciones, advertencias, consejos o recomendaciones sobre uso y mantenimiento, manejo, manipulación, peligrosidad o condiciones de seguridad, en el caso de que dicha información sea necesaria para su uso correcto y seguro.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

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