CAMPAÑA DE CONTROL DEL ETIQUETADO Y DE LA SEGURIDAD DE DISFRACES, CARETAS, MÁSCARAS Y SIMILARES DESTINADOS A SER UTILIZADOS POR NIÑOS/AS MENORES DE 14 AÑOS 2016

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios de Consumo provinciales para vigilar la adecuación a la normativa en vigor de los disfraces, caretas, máscaras y similares destinados a ser utilizados por niños/as menores de 14 años; este tipo de productos tienen la consideración de juguetes.

A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

      La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios de Consumo provinciales para vigilar la adecuación a la normativa en vigor de los disfraces, caretas, máscaras y similares destinados a ser utilizados por niños/as menores de 14 años; este tipo de productos tienen la consideración de juguetes.

      Las actuaciones de control de etiquetado se realizarán, al menos el 50%, en los días previos y durante el Carnaval, y el resto durante la celebración de Halloween, dado que es durante esta festividad cuando mayor número de productos se comercializa.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

      Los principales objetivos fijados para esta Campaña son los siguientes:

  1. Comprobar que estos productos cumplen con los requisitos básicos y generales de información y seguridad.
  2. Adoptar las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras, o ambas.

C) NÚMERO DE CONTROLES

      De acuerdo con los objetivos previstos, por los Servicios de Consumo provinciales se revisará al menos el etiquetado de 145 disfraces, caretas, máscaras y artículos similares, realizándose, con carácter general, el 75% de las actuaciones en establecimientos de precio reducido, en establecimientos de la capital de la provincia y de otros municipios.

      Además, se llevará a cabo la toma muestras para su ensayo en laboratorio para verificar si cumplen la normativa de seguridad.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

      Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

      Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
  • Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios (modificado por el Real Decreto 1182/1989, de 20 de septiembre).
  • Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
  • Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes (juguetes introducidos en el mercado a partir del 20/07/2011).
  • Real Decreto 880/1990, de 29 de junio, sobre la seguridad de los juguetes (juguetes introducidos en el mercado antes del 20/07/2011).
  • Norma UNE-EN 71. Seguridad de los juguetes. Parte 2: Inflamabilidad.
  • Norma UNE-EN 14682. Seguridad de la ropa infantil. Cordones y cuerdas ajustables en ropa infantil. Especificaciones (junio 2008).

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

      En la campaña de inspección ejecutada en 2015 se levantaron 158 actas en 98 establecimientos, resultando que 74 de éstas fueron positivas, es decir, arrojaron algún tipo de incumplimiento. Del total de muestras tomadas, 50, un total de 9 han resultado positivas por problemas de seguridad (téngase en cuenta que el laboratorio analiza y detecta tanto defectos de etiquetado como de seguridad).

      Respecto a los resultados obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observan en el hecho de que la etiqueta de estos productos no es fácilmente legible y visible al comprador, de que la información del etiquetado no figura en la lengua oficial del Estado, de que no figura la identificación y dirección del fabricante, y de que no presentan marcado CE o éste no es correcto en cuanto a formato y dimensiones.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

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