CAMPAÑA DE CONTROL EN EL ETIQUETADO DE LA INDICACIÓN DE LA CANTIDAD NETA E INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR DEL PRECIO POR UNIDAD DE MEDIDA DE LOS ALIMENTOS 2017

Campaña de Inspección Nacional del control en el etiquetado de la indicación de la cantidad neta e información al consumidor del precio por unidad de medida de los alimentos 2017.

A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

      La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se realiza en nuestra Comunidad Autónoma por el Servicio de Consumo de Sevilla, y está dirigida a garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de los consumidores, principalmente en lo que a su derecho a la información se refiere. Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de octubre hasta finales de diciembre de 2017.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

      Son objetivos de esta campaña de inspección, los siguientes:

  • Comprobar, principalmente, el etiquetado de los productos en la fase de inspección y la composición, a tenor de lo declarado en la etiqueta y lo establecido en la normativa de aplicación.
  • Sensibilizar a los fabricantes, distribuidores y, en general, a todos los que intervienen en la cadena de comercialización, de que deben poner en el mercado productos que cumplan las normas referentes al etiquetado e información de la composición de los mismos. 

C) NÚMERO DE CONTROLES

      Por parte de Andalucía se realizarán un total de 60 controles de la información obligatoria del etiquetado de los productos.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

      Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

      Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

      Con independencia de la normativa general, la legislación específica aplicable a esta campaña, a título informativo y sin carácter exhaustivo, es la siguiente:

  • Reglamento 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº  1924/2006 y (CE) nº  1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión.
  • Directiva 98/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, de la Presidencia del Gobierno, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

            No se han realizado Campañas con la misma finalidad en los años anteriores.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

 

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