A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se realiza en nuestra Comunidad Autónoma por el Servicio de Consumo de Cádiz, y está dirigida a garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de los consumidores, evitando fraudes y distorsiones de la competencia con otros productos similares, que no responden a las expectativas del consumidor.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
Son objetivos de esta campaña de inspección los siguientes:
- Comprobar el etiquetado de estos productos y su composición, para comprobar lo declarado en la etiqueta y lo establecido en la normativa de aplicación.
- Sensibilizar a los fabricantes, distribuidores y, en general, a todos los que intervienen en la cadena de comercialización, de que deben poner en el mercado productos que cumplan las normas referentes al etiquetado e información de la composición de los mismos.
- Recoger información y resultados analíticos para lograr un conocimiento más completo de este grupo de alimentos y su problemática, con el fin de facilitar la adopción posterior de las medidas necesarias tendentes a garantizar los derechos de los consumidores.
C) NÚMERO DE CONTROLES
Por parte de Andalucía se realizarán un total de 30 controles de la información obligatoria del etiquetado de los productos, y 15 toma de muestras reglamentarias para su remisión al Laboratorio, concretamente al Centro de Investigación y Control de la Calidad.
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
Con independencia de la normativa general, la legislación específica aplicable a esta campaña, a título informativo y sin carácter exhaustivo, es la siguiente:
- Reglamento 1169/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n o 608/2004 de la Comisión Texto pertinente a efectos del EEE.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, de la Presidencia del Gobierno, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
- Real Decreto 474/2014, de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos.
- Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia, en el que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo.
- Real Decreto 1808/1991, de 13 de diciembre de 1991, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de Secretaría del Gobierno, por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio.
- Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
No se han realizado Campañas con la misma finalidad en los años anteriores.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA