El régimen de contratación, acceso, precios y reserva en las viviendas de uso turístico

El disfrute de una vivienda de uso turístico implica la entrega de un documento a modo de contrato por parte de la persona o entidad explotadora de la misma.

ÍNDICE DE CONTENIDOS

 

Formalización del contrato en las viviendas de uso turístico.

A la persona usuaria que desee disfrutar de una vivienda de uso turístico, en el momento de su recepción, le será entregado un documento, a modo de contrato, en el que conste, al menos:

  • El nombre de la persona o entidad explotadora de la vivienda.
  • El número de personas que la van a ocupar.
  • Las fechas de entrada y salida.
  • El precio total de la estancia.
  • El número de teléfono para atender y resolver de forma inmediata cualquier incidencia o consulta relativa a la vivienda.

La persona usuaria, para hacer uso de la vivienda, deberá presentar su documento de identificación para cumplimentar el oportuno parte de entrada.

La copia del documento contractual, una vez cumplimentado y firmado por la persona usuaria, deberá ser conservada por la persona o entidad explotadora durante 1 año.

Con respecto al acceso a este tipo de alojamientos turísticos, de acuerdo con lo recogido en el comunicado sobre el registro de datos de la ciudadanía por parte de alojamientos turísticos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Como ideas genéricas:

  • Los alojamientos turísticos deben registrar los datos de los documentos de identificación de su clientela, todo ello para cumplir las normas estatales sobre registro de personas viajeras y su comunicación a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
  • Algunos establecimientos, al parecer, también recogen y utilizan las fotografías de la clientela para el control de acceso y la facturación de sus consumos durante su estancia. La información en materia de protección de datos personales que ciertas entidades facilitan a la clientela no incluye ningún detalle sobre la recogida y utilización de la fotografía, por lo que la mencionada clientela las desconocían. En esos casos, tampoco se recoge este tratamiento en su Registro de Actividades de Tratamiento.
  • Los datos recabados por los establecimientos resultan necesarios para la ejecución del contrato en el que la parte interesada es parte y para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. No ocurre así en el caso de la recogida y utilización de la fotografía, lo que supone un tratamiento de datos personales innecesario y desproporcionado.
  • El establecimiento que lo hiciera debe cesar en la recogida y tratamiento de la fotografía o, en caso contrario, debería adecuar la información en materia de protección de datos que ofrece a la clientela, especialmente la relativa a la recogida y utilización de la fotografía y la base jurídica que fundamenta el tratamiento, estableciendo mecanismos que permitan acreditar que se le facilita dicha información a dicha clientela, y adecuar sus operaciones de tratamiento. 

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Acceso a la vivienda.

La persona usuaria de la vivienda tendrá derecho a su ocupación desde las 15 horas del primer día del periodo contratado hasta las 11 horas del día señalado como fecha de salida, pudiéndose acordar individualmente un régimen diferente.

Si la persona explotadora no se encontrara en la vivienda a la hora de llegada o salida de la clientela, se deberá concertar de manera previa la entrega de llaves.

En el caso de que la entrega de llaves se realice a través de su depósito en candados, cajetines de seguridad o análogos, los mismos no podrán ubicarse en elementos del mobiliario urbano de las vías públicas.

En el momento de la entrega de la vivienda de uso turístico a la persona usuaria:

  • Se le informará sobre el funcionamiento de los aparatos electrodomésticos y otros instrumentos que lo requieran.
  • Se le informará sobre las normas de uso de los elementos e instalaciones comunes del bloque o urbanización.
  • Se le darán las llaves, tarjetas y pases que permitan el acceso y disfrute de dichas dependencias. 

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Precio y reserva.

El precio ofertado será por noche de estancia, estando incluido, en todo caso:

  • El suministro de agua, energía eléctrica, calefacción y refrigeración.
  • La limpieza a la entrada de nuevas personas usuarias.
  • El uso de ropa de cama y baño y de menaje.

La persona o entidad explotadora de la vivienda estará obligada a entregar justificante del pago de los servicios y de los anticipos, en su caso, efectuados.

Las condiciones de precio, reserva, anticipos y, en su caso, cancelación, se regirán por lo expresamente pactado por las partes. Estas condiciones deberán ser detalladas y publicitadas con carácter previo a la contratación. En el momento de hacer la reserva se facilitará a las personas usuarias un justificante de haber hecho la misma. En este justificante se informará sobre:

  • El precio total de la reserva.
  • Los anticipos efectuados.
  • En su caso, las penalizaciones aplicables.

Si dichas condiciones no han sido pactadas expresamente entre las partes, las personas o entidades explotadoras de las viviendas podrán exigir a las personas usuarias que hagan la reserva, un anticipo del precio en concepto de señal (hasta un máximo del 30% del total de la estancia)

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Cancelación de la reserva.

Por la persona usuaria.

En caso de que se produzca la cancelación por parte de la persona usuaria:

  • La persona o entidad explotadora de la vivienda podrá retener a la persona usuaria hasta el 50% del anticipo realizado si la cancelación se realiza antes de 10 días de la fecha prevista para la ocupación.
  • Si se cancela la reserva con menos de 10 días de la fecha prevista para la ocupación, se podrá retener el importe total del anticipo.

Por la entidad explotadora.

Si la cancelación se efectúa por la persona o entidad explotadora:

  • Se deberá devolver el anticipo realizado por la persona usuarias.
  • Si la reserva se cancela con menos de 10 días de antelación además se deberá indemnizar con el 30% del precio de la estancia contratada.

Por motivos de fuerza mayor.

Si se produce la cancelación de la reserva, tanto por la persona o entidad explotadora, como por la persona usuaria, por motivos de fuerza mayor (debidamente justificada), no se podrá aplicar penalización alguna.

Son motivos de fuerza mayor las circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

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Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos), así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

En materia turística puede contactar con la Consejería competente en materia de turismo de la Junta de Andalucía, así como en sus Delegaciones Territoriales.

 

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