Contratos de telefonía móvil

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  • Las compañías que ofrecen servicios de telefonía móvil suelen presentar dos modalidades de contrato que te explicamos en este artículo.
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Los contratos de telefonía móvil que ofrecen los operadores son:

1. Contrato con tarjeta prepago. Entre las partes se celebra un contrato verbal por el que el consumidor adquiere una tarjeta que le permitirá hablar desde su terminal por un importe determinado, utilizando la cobertura de la compañía telefónica. Por lo tanto, sólo se paga el consumo realizado.

2. Contrato con abono de cuota de servicio post-pago. El consumidor firma un contrato donde se recogen las condiciones que lo regirán. Generalmente, se paga una cuota de conexión al inicio del contrato, una cuota mensual por la línea, una cantidad por establecimiento de llamada, y el coste de los segundos de comunicación telefónica que se establezcan al mes. Es un sistema similar al de la telefonía fija. Cada compañía oferta distintos tipos de contrato para adaptarlos a las necesidades de los clientes.

Puedes formalizar el contrato del servicio de telefonía móvil personalmente, telefónicamente o telemáticamente. En todos los casos, el operador siempre tiene la obligación de entregarte el contrato por escrito o en soporte duradero.

Si no lo recibes puedes solicitarlo en cualquier momento de su vigencia a través del teléfono de atención al cliente, y no tendrá ningún coste. En el momento de solicitarlo, el operador tiene que asignarte un número de referencia, para tener constancia de la petición.

En el caso de contratación telefónica o electrónica, tienes un plazo de siete días hábiles para desistir del contrato, sin tener que justificarlo y sin incurrir en penalización ni gasto alguno; o tres meses si el operador no ha cumplido, o lo ha hecho defectuosamente, con la obligación de remitir justificación documental de los términos del contrato. El ejercicio de este derecho no está sometido a ninguna formalidad. Basta que se acredite, en cualquier forma admitida en derecho.

Los contratos tienen que precisar, como mínimo, los aspectos siguientes:

- El nombre o razón social del operador y el domicilio de su sede o establecimiento principal.

- El teléfono de atención al cliente y, si procede, otras vías de acceso a este servicio.

- Las características del servicio ofrecido, la descripción de cada una de las prestaciones incluidas en el contrato, con la indicación de qué conceptos se incluyen respectivamente a la cuota de abono y, si procede, en otras cuotas. Asimismo, ha de constar el derecho de desconexión, si procede, y la forma de ejercerlo, en los supuestos previstos.

- Los niveles individuales de calidad de servicio establecidos conforme a los parámetros y métodos de medida que, en su caso, determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y las indemnizaciones asociadas al incumplimiento de los compromisos de calidad y si estas se ofrecen de forma automática por el operador o previa petición del usuario final. Entre los parámetros mencionados figurará el relativo al tiempo de suministro de la conexión inicial. En virtud del Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, se debe indicar, de manera clara, comprensible y fácilmente accesible, información sobre cualquier procedimiento establecido por la empresa para medir y gestionar el tráfico de forma que se evite agotar o saturar el enlace de la red, e información sobre la manera en que esos procedimientos pueden afectar a la calidad del servicio.

- Precios y otras condiciones económicas de los servicios. Se tienen que incluir en el contrato los precios generales relativos al uso del servicio, desglosando, en su caso, los diferentes conceptos que los integran y los servicios que están incluidos. Asimismo, se tienen que especificar las modalidades de obtención de información actualizada sobre todas las tarifas aplicables y las cuotas de mantenimiento.

- Periodo contractual, indicando, si hubiera, la existencia de plazos mínimos de contratación y de renovación, como también, si procede, las consecuencias del posible incumplimiento.

- El detalle, en su caso, de los vínculos existentes entre el contrato de servicio de comunicaciones electrónicas y otros contratos, como los relativos a la adquisición de aparatos terminales.

- Política de compensaciones y reembolsos, con indicación de los mecanismos de indemnización o reembolso ofrecidos, y el método de determinación de su importe.

En el caso de contratación telefónica o electrónica, tienes un plazo de siete días hábiles para desistir del contrato

- Características del servicio de mantenimiento incluido y otras opciones. De acuerdo con el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, se indicarán, de modo claro, comprensible y fácilmente accesible, los tipos de mantenimiento ofrecidos y los servicios de apoyo facilitados al cliente, así como los medios para entrar en contacto con dichos servicios.

- Procedimientos de resolución de litigios, con inclusión, si procede, de otros que haya creado el mismo operador. Teniendo en cuenta el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, se indicará, de modo claro, comprensible y fácilmente accesible, el modo de iniciar los mencionados procedimientos de resolución de litigios.

- Causas y formas de extinción y renovación del contrato de abono, entre las que debe figurar expresamente, además de las causas generales de extinción de los contratos, la de la voluntad unilateral del abonado, comunicada al operador con una antelación mínima de 2 días hábiles al día que debe tener efectos, como también el procedimiento para ejercer este derecho. De acuerdo con el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, estos contratos harán alusión, de forma clara, comprensiva y fácilmente accesible, a la duración del mismo y las condiciones para su renovación y para la terminación de los servicios y la resolución del contrato, incluidos:

* Cualquier uso o duración mínimos requeridos para aprovechar las promociones.

* Todos los gastos relacionados con la conservación del número y otros identificadores.

* Todos los gastos relacionados con la resolución del contrato, incluida la recuperación de costes relacionada con los equipos terminales.

- Dirección postal y de correo electrónico del departamento o servicio especializado de atención al cliente, teléfonos propios del operador y, si procede, página Web, o cualquier otro medio adicional habilitado por el operador, a los efectos de la presentación de quejas, reclamaciones, gestiones con incidencia contractual y peticiones por parte del abonado, especificando un procedimiento sencillo, gratuito y sin cargos adicionales que permita la presentación y la acreditación.

- Página de Internet en que figura la información que el operador tiene que publicar.

- Reconocimiento del derecho a la elección del medio de pago, entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.

- Información referida al tratamiento de los datos de carácter personal del cliente, en los términos exigidos por la legislación vigente en esta materia, así como, de acuerdo con el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, de manera clara, comprensible y fácilmente accesible, la decisión del abonado acerca de la posibilidad de incluir o no sus datos personales en una guía determinada y los datos de que se trate.

- Información al cliente en materia de protección de los datos personales en la explotación de redes y en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

 

- Asimismo, y teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto Ley 13/2012, de 30 de marzo, se indicará, de manera clara, comprensible y fácilmente accesible:

* Si se facilita o no el acceso a los servicios de emergencia e información sobre la ubicación de las personas que efectúan la llamada, así como cualquier otra limitación para la prestación de servicios de emergencia.

* Cualquier restricción impuesta por el proveedor en cuanto a las posibilidades de utilizar el equipo terminal suministrado.

 

Los tipos de medidas que podría tomar la empresa en caso de incidentes de seguridad o integridad o de amenazas y vulnerabilidad.

Este contenido mínimo ha de constar, igualmente, en las condiciones generales y particulares de los contratos de los usuarios finales de servicios de comunicaciones electrónicas, en la modalidad de prepago. En dichas condiciones generales figurará el procedimiento para conocer el saldo y el detalle del consumo, así como para la recarga.

La normativa actual no establece un plazo máximo en el que el operador de telefonía móvil deba atender una solicitud de alta, si bien dicho plazo debe figurar obligatoriamente en el contrato. Por lo tanto, cuando contrates el servicio pregunta por ese plazo, exige que conste en el contrato y consérvalo, ya que es el único al que se encuentra obligado el operador.

Comentarios

Listado de comentarios 394

ruben

hola, he recibido llamada del departamento comercial de ONO para q realizase una potabilidad de mi teléfono móvil, después de escuchar las ofertas, me decanto por una de ellas y por un teléfono que también me ofrecen. Se efectúa la grabación de voz en la que queda claro la facturación elegida, el terminal, la permanencia y la penalización en caso de incumplir ésta. Al cabo de un rato me vuelven a llamar y me dicen que han cometido un error con el terminal que me han ofrecido y que tendría que pagar 250 euros por él. Mi pregunta es si la compañía puede cancelar el contrato que acabábamos de firmar de forma unilateral? gracias.

Consumo Responde

Hola Ruben,

En este espacio intentamos dar solución a cuestiones más genéricas, si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros mediante la oficina virtual ampliándonos la información y te contestaremos.

Un saludo.

Orange Estafa

Hola. Hice un contrato de permanencia con Orange mediante contrato de voz. En la conversación grabada me dicen que me sancionan con 50€ al darme de baja anticipadamente en la tarifa contratada. Me doy de baja al poco tiempo a una tarifa inferior y me quieren sancionar con 195€ por tratarse de un iphone. En los contratos de papel y en la web si se indica esto, pero yo no he firmado ninguno y solo he aceptado el contrato de voz donde dicen que son 50€. Cual prevalece sobre cual? Como puedo proceder? Llevo meses pidiendo la grabación pero no me la dan. Un saludo. Gracias.

Consumo Responde

Hola, como te indicamos en la parte de arriba, puedes formalizar el contrato del servicio de telefonía móvil personalmente, telefónicamente o telemáticamente. En todos los casos, el operador siempre tiene la obligación de entregarte el contrato por escrito o en soporte duradero. Si no lo recibes puedes solicitarlo en cualquier momento de su vigencia a través del teléfono de atención al cliente, y no tendrá ningún coste.
Y si lo que quieres es poner una reclamación en el siguiente enlace te indicamos cómo.
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/como-poner-una-reclamacion-sob...
Un saludo.

Carolina

Nunca he contratado ninguna línea de móvil con ningún operador. El pasado 16 de noviembre fui a una tienda de Movistar para dar de alta una línea y me dicen que tengo una deuda de 269,77€ (Factura emitida el 01/10/2008). Alego que esa deuda es fraudulenta y que es una suplantacion de identidad. Reclamo y solicito me envíen copia del contrato. Tienen la obligación de enviármela.

Consumo Responde

Hola Carolina, como puedes leer en esta misma página, el operador siempre tiene la obligación de entregarte el contrato por escrito o en soporte duradero.
Si no lo recibes puedes solicitarlo en cualquier momento de su vigencia a través del teléfono de atención al cliente, y no tendrá ningún coste. En el momento de solicitarlo, el operador tiene que asignarte un número de referencia, para tener constancia de la petición.
Un saludo.

ESTEFANIA

Hola he realizado un renove de mi linea en una tienda y al dia siguiente acudí a dicho establecimiento para desistir de el contrato renovado y me dijeron que no era posible ya que habia firmado el compromiso y me habia llevado el términal.
Me gustaria saber si es cierto o si tengo 7 dias para cancelarlo.
Muchas gracias.

Consumo Responde

Hola Estefania, en este espacio intentamos dar solución a cuestiones más genéricas, si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros mediante la oficina virtual y te contestaremos.
Un saludo.

beapaz60

Hola, buenos dias. Me ha llegado una carta de orange que pone q nos informan sobre una ley del ministerio de comercio, entre otras cosas que nos podemos dar de baja en cualquier momento con la unica condicion de avisar con 2 dias de antelacion.
A mi aun me queda permanencia y estoy en el paro q se me acaba en 1 mes. Quisiera saber si puedo quitarme la linea o bajar a un plan mas barato sin penalizacion ya que ahora, en la situacion de desempleo que existe y sin mucha fe de encontrar trabajo, es un gasto altisimo.

Consumo Responde

Hola.

Efectivamente, puedes darte de baja como nos indicas, pero como tienes permanencia te aplicarían la penalización por incumplimiento de contrato. Esta penalización tiene que estar en el contrato que firmaste.

Habla con la compañía, infórmales de la situación e intenta llegar a un acuerdo.

No obstante, consulta tu contrato y revisa las cláusulas para saber tus derechos como consumidora.

Un saludo.

Laura

Acabo de recibir una factura de vodafone en la que me cobran 30€por devolución de recibo del mes pasado, casi siempre he pagado la factura entre el 15-20 de cada mes y nunca me han cobrado nada por devolución, he llamado y me han dicho que esto ha cambiado en noviembre del con pasado, le he comentado que todos los meses pago la factura en la misma fecha aproximadamente y nunca me han cobrado esto, mi siquiera después de noviembre. He querido poner una reclamación y como si hablara con la pared, tengo que comentar que la factura relacionada con este cargo es de unos 30€. Que debo hacer?

Consumo Responde

Hola Laura, en primer lugar te remitimos a que revises las condiciones de tu contrato para comprobar que derechos tienes como consumidora.
Te informamos a través del siguiente enlace cómo debes de reclamar, si consideras que se han vulnerado tus derechos como consumidora:
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/como-poner-una-reclamacion-sob...

Un saludo

Mari Gema

Hola, buenas noches:
El pasado 9 de enero me llamó un comercial de mi operador para ofrecerme una nueva tarifa. Me dijo que me regalaría un móvil. Al decirle el terminal que quería, me dijo que ese me costaría 49€. Entonces le dije que no me interesaba.
Me lo ofreció gratis por una tarifa de 51€+iva. Le dije que tampoco me interesaba, y me ofreció esa tarifa con un descuento de 5€ mensuales durante los 24 meses que durase la permanencia.
Me envían el terminal, que se me olvidó preguntarle si llevaba la misma tarjeta SIM, y no, lleva una microSIM. Llamo al Atención al Cliente y digo que no se me ha informado de que la SIM es diferente, y me dicen qeu tengo que ir a una tienda a que me hagan un duplicado de tarjeta en formato micro o a que me recorten la mía, ambas opciones con un coste de 15€.
Pero mi consulta no es por la SIM, sino que, al mirar mi factura, no se me han aplicado los 5€ de descuento (en este caso la parte proporcional, pues sólo me han facturado 20 días con la nueva tarifa).
Llamé el sábado a la noche al Servicio de Atención al Cliente y me dicen que no les consta ningún descuento, porque, como bien aparece reflejado en la factura, no está.
¿Qué puedo hacer? Si aún no me han mandado el contrato, ¿puedo desistir de la nueva tarifa sin penalización y devolverles el terminal? En caso de que les devuelva el terminal, ¿me deberían hacer un duplicado gratuito de tarjeta, porque corté la mía para darle un nuevo formato?
Muchas gracias de antemano.
Saludos.

Consumo Responde

Hola Mari Gema, hemos recibido tu email por nuestra oficina virtual. Te responderemos a tú email.

Un saludo

Lau

Hola,tengo 5lineas de empresa con vodafone y me gustaria pasarlas a nombre de autonomo ,actialmente les queda 12 meses de permanencia de untotal de 24 que se firmo en su dia.Pero vodafone me dice que alcanbiar la titularidad me vuelven a cargar 24 meses de nuevo en lugar de los 12 que me quedarian.Es legal??un salud

Consumo Responde

Hola Lau,

En este espacio intentamos dar contestación a cuestiones más genéricas, si quieres puedes ponerte en contacto con nosotros mediante la oficina virtual, haciendo mención a éste comentario y te contestaremos.

Un saludo.

David

Hola, a ver si podeis ayudarme.
La compañia VODAFONE ESPAÑA, dio de baja la linea movil que tenia contratado con ellos, cosa que yo no solicite en ningun momento; por daño colateral a esa baja momentanea (un fin de semana) en la factura siguiente me cobraron el incumplimiento de peranencia. Ahora digo yo, ellos han incumplido el contrato al darlo de baja aunque fuera por un periodo corto y despues reestablecieran la linea, ¿que articulo y de que codigo menciona los incumplimientos de contratos, es del codigo de comercio?. Por supuesto he de decir que hice la devlucion del cargo de la factura a la espera de que me hagan un cargo exacto. Pero pienso en solicitar la anulación del contrato ya que ellos lo han incumplido. Muchas gracias porque toda la información que me puedas dar me servirá de ayuda para rellenar la reclamación. Un saludo

Consumo Responde

Hola David.
Te recomendamos revisar las cláusulas del contrato, en ellas aparecerán las relaciones entre el consumidor y el operador. Así como las causas y consecuencias del incumplimiento del contrato por ambas partes. Si observas de alguna de ellas, puedes efectuar una reclamación.
En este enlace puedes obtener más información:
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/como-poner-una-reclamacion-sob...

Un saludo.

Rebe

Buenos dias;
He cambiado de compañia movil hace un par de dias y no estoy para nada conforme con ellos puesto que no tengo nada de cobertura en mi domicilio en el que paso la mayoria del dia, solo tengo acceso a llamadas de emergencia, querria saber si puedo cambiarme de compañia antes de pasar 7 dias sin justificar y sin que me penalicen, como debo hacerlo para que no me reclamen nada y asi cambiarme a una nueva compañia que me interese y me de servicio de linea.Gracias.

Consumo Responde

Hola Rebe, una de las excepciones al desistimiento son los contratos de prestación de servicios cuya ejecución haya comenzado, con el acuerdo del consumidor y usuario, antes de finalizar el plazo de siete días hábiles. Por lo que si quieres darte de baja y dado que la telefonía móvil no tiene consideración de universalidad tendrás que mirar las condiciones de tu contrato para ver qué tipo de clausulas has firmado.
Un saludo.

Moisés

Tengo dos lineas con vodafone, recientemente he modificado el contrato de unas de ellas y como resultado la otra línea la voy a utilizar muy ocasionalmente. En esta línea tengo un contrato de permanencia en vodafone de 24 meses hasta el 26/01/2014. He contactado con ellos para pasar la línea a prepago de vodafone y me dicen que me aplican al llevar un año el 50% de la penalidad por incumplimiento de permanencia. En la otra línea tengo permanencia en tarifa y en vodafone, pero en esta solo es permanencia en vodafone. Mi pregunta es que si la linea al menos en prepago aunque no recargase, tiene una duración de 6 meses y para cambiar a otra compañía aunque fuera de prepago tendría que realizar portabilidad, ¿por qué me dicen que si paso a prepago incumplo la permanencia en vodafone? En todo caso es un cambio de tarifa, no de cambiar de compañía y además tienen garantizado al menos seis meses, por lo que en todo caso me podría imponer la penalización de seis meses no de un año y además solo en el caso de que antes de los seis meses no realizara ninguna recarga de saldo.
Un saludo

Consumo Responde

Hola Moises.

Según nos indicas, un cambio de contrato con abono de cuota de servicio post-pago a otro con tarjeta prepago, no es un cambio de tarifa, son dos tipos distintos de contrato. En el siguiente enlace te facilitamos información sobre los tipos de contratos de telefonía móvil:

http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/contratos-de-telefonia-movil

El derecho a dar por finalizado un contrato de telefonía móvil debe figurar en el contrato que suscribas con el operador, así como el resto de causas de su extinción y la forma prevista para solicitar la baja.

No obstante, no dudes en preguntarnos si tienes cualquier otra cuestión.

Un saludo.

Eléa

Buenos días:

Tengo renovado un contrato hace un mes con vodafone en el cual esta incluido el precio del Iphone pero me voy dentro de 3 meses a vivir fuera de europa: puedo romper el contrato por tema de mudanza y cambio de país?
Muchas gracias

Consumo Responde

Hola, Eléa

Debes consultar las cláusulas del contrato que firmaste con tu operador de telefonía para saber qué derechos tienes como consumidora.
En el enlace que te dejamos a continuación, tienes más información:
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/clausula-de-permanencia-en-los...

Un saludo.

mariano

cuanto tiempo tengo que estar con un contrato sin permanencia me dicen que tres meses o me retiran el numero gracias anticipadas

Consumo Responde

Hola Mariano, como te indicamos en esta mísma página, en tu contrato debe aparecer las características del servicio ofrecido, la descripción de cada una de las prestaciones incluidas en el contrato, con la indicación de qué conceptos se incluyen respectivamente a la cuota de abono y, si procede, en otras cuotas. Asimismo, ha de constar el derecho de desconexión, si procede, y la forma de ejercerlo, en los supuestos previstos. Por lo que deberás consultar tu contrato.
Un saludo.

Eva

Hola soy Eva, y os escribo porque llevo 20 días con orange,tengo 18 meses de permanencia, en mi lugar de trabajo no tengo cobertura, es contrato no es ilegible y en la tienda me dan largas. Mi compañía es orange. Me puedo cambiar de compañía sin pagar permanencia? ¿A qué me atengo?

Consumo Responde

Hola Eva, la telefonía móvil no se considera servicio universal, por lo que no es exigible la cobertura en todo el territorio. En el siguiente enlace tienes información que te puede ser útil.
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/soluciones-tus-dudas-en-teleco...
En cuanto a la permanencia, tendrás que mirar tu contrato para ver qué consecuencias tendría que lo rompieras con esa clausula vigente.
Un saludo.

David

Hice una portabilidad a Vodafone y Jazztel me hizo una contra oferta la cual acepté. Ahora veo que Vodafone me carga una penalización de 150€ por dar de baja. Cuando acepté la contra oferta me dijeron que Vodafone no podía penalizarme al existir el derecho de contra oferta. Que puedo hacer? La verdad es que tengo un contrato firmado con Vodafone pero nunca me prestaron servicio alguno. Necesito que me orienten un poco, el banco tiene la orden de no cobrar nada referente a este tema. Gracias de antemano!

Consumo Responde

Hola David!
En este espacio de comentarios, damos respuesta a consultas más genéricas. Haznos tu consulta a través de nuestra Oficina Virtual o en consumoresponde@juntadeandalucia.es

Un saludo

Anónimo

Hola tengo un teléfono móvil de la compañía orange. Mi periodo de permanencia con la misma acabó en Agosto pero me acogí a una nueva oferta de descuento del 20% en la factura total durante un año. Quisiera saber si tengo derecho a solicitar que me liberen de forma gratutita mi télefono. Gracias

Consumo Responde

Hola, el tema de liberación de terminales móviles, así como los plazos de permanencia en el servicio cuando un operador subvenciona o regala un terminal, es una cuestión que no está regulada en la normativa en materia de telecomunicaciones, dado que no está relacionada explícitamente con la prestación del servicio, debiendo considerarse, por lo tanto, como una mera cláusula contractual que daba ser puesta en conocimiento y aceptada por el abonado.
Por tanto, habrá que atender a lo previsto en el clausulado de tu contrato con el operador de telefonía para ver lo que se haya previsto al respecto.

Un saludo.

Alicante

Hola!
El 28 de Diciembre de 2012 compré un canjee un movil de "tarjeta" por puntos que tuve que pagar 65€ más 30€ de saldo. En total 95€.
Hoy hace 10 días desde que lo compré, y el movil es un desastre, la cámara de fotos y video saca muy mal las fotos, tiene muy poca memeria RAM y se atasca, se bloquea e incluso me pide "forzar cierre".
Hoy hace 10 días que he comprado el movil y nadie se resposabiliza de nada. He hablado con un abogado y me ha dicho que tengo hasta 10 días hábiles para reclamar, pero en la tienda me dicen que no, que son 7 días hábiles.
Yo quiero cambiarlo por otro superior aunque tenga que pagar más, pero que me cambien el movil que tengo.
Saludos.

Consumo Responde

Hola Alicante!
En el enlace que te facilitamos a continuación, tienes toda la información referente a garantías y servicio postventa.

http://www.consumoresponde.es/grupo-faq/preguntas-frecuentes-sobre-garan...

Un saludo

Anónimo

Hola: en esta semana he realizado en la empresa Phone House la portabilidad de dos lineas de móviles a la empresa Orange que tenia en otra compania y he sacado a cero euros dos móviles con la tarifa Delfin 40 (un xperia S y un samsung galaxi S2). Pero da la casualidad que en el día de hoy en mi trabajo me han confirmado algo que parecía imposible o muy poco probable. A fin de mes me transladan a mi y a mi familia a ameríca latina a Ecuador por el término de 4 años, lugar donde Orange no tiene cobertura. ¿Que debo hacer con esas dos lineas?. Estoy dipuesto a devolver los terminales o a pagarlos como libres si fuese necesario pero no a pagar la totalidad del contrato de 24 meses por un servicio que no voy a usar.

Por favor que alguien me indique como proceder al respecto.

Muchas gracias

Consumo Responde

Hola!
En este espacio de comentarios, damos respuesta a consultas más genéricas. Si lo deseas haznos tu consulta a través de nuestra Oficina Virtual o en consumoresponde@juntadeandalucia.es

Un saludo

Belen

hola ; yo tenia abono de blackberry & firme contrato po 2 años los cuales page 2 meses y el cel me lo robaron y no tengo plata para comprarme otro , en este caso se puede romper el contrato y no pagar mas? ayuda urgente por q las boletas me sigen viniendo :S

Consumo Responde

Hola Belen, deberías revisar tu contrato porque en él aparece todo lo que te vincula a la empresa y como puedes romperlo, en el siguiente enlace tienes información que puede serte útil.
http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/clausula-de-permanencia-en-los...
Un saludo.

Anónimo

Hola. Tengo contratada una Delfin 20 con Orange, pero desde el pasado 10 de Agosto del 2012 estoy sin terminal, ya que no se enciende... y dicen que no lo van a arreglar (estando en garantía) acabo contrato el 20 de Abril del 2013 y me reclaman 70€ de penalización. Quiero que me dejen ir sin pagar penalización, ya que he estado varios meses pagando una cosa que no utilizaba, pero me dicen que no. Si me voy y doy orden al banco de no pagarlo? Que puedo hacer? Gracias!

Consumo Responde

Hola.

En este enlace puedes obtener la información para resolver cualquier diferencia que tengas con tu operador de telefonía móvil.

http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/como-poner-una-reclamacion-sob...

Gracias.

eloy

Tengo movil con la empresa MOVISTAR con tarjeta prepago y me hicieron una oferta hace varios años por telefono, en el que yo lo que consumia pagaba pero con factura por un tiempo indefinido. Era lo mismo que tenia, pero sin tener yo que recargar el movil y desde entonces me pasaban las facturas por el banco tanto si consumia 3 euros como si eran 25.No tenia establecido ningun consumo minimo. En diversas ocasiones me enviaban facturas como si tuviera un contrato de un consumo minimo de 9 euros.Yo llamaba al 1004 reclamaba la devolucion y no habia ningun problema, pues me lo descontaban en la siguiente factura lo que me cobraban de mas. Pero el mes pasado, noviembre, ocurrio lo mismo y hice la reclamacion correspondiente. En diciembre volvio a pasar lo mismo y me dicen que esto ya es muy antiguo y que ya no sirve.
Yo les expuse que ellos lo que tenian que haber hecho era informarme al respecto con un mes de antelacion y no, por su cuenta, pasarme a un contrato que yo ni estoy de acuerdo ni e firmado. ¿Que debo hacer?

Consumo Responde

Hola Eloy.

Puedes encontrar la respuesta a tu comentario en el siguiente enlace:

http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/finalizacion-y-modificacion-de...

Gracias.

sara

Adquiri un movil con la empresa VODAFONE en el 2005 con un contrato de 18 meses. Me cambie de compañia a los 17 meses y VODAFONE me exige un pago de 116 auros desde entonces, cuando solo faltaba 1 mes para acabar el contrato.Mi pregunta es la siguiente: ¿cual es la cantidad que verdaderamente tengo que abonar como sancion por incumplir el contrato?.

Consumo Responde

Hola Sara.

En el siguiente enlace puedes encontrar todos los detalles concerniente a las condiciones de permanencia en los contratos de telefonía móvil.

http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/clausula-de-permanencia-en-los...

Gracias.

soledad

Hola yo hace dos dias compre un aparato en personal y en la zona donde vivo no tengo senal ni internet por lo. cual no lo puedo usar qiero resindir el contrato para poder dar dar baja la linea eso se puede e leido q el contrato antrs de los 7 dias se puede rebocar sin ningun problema se puede??? si m pueden contestar se los boy agradeser

Consumo Responde

Hola Soledad, el derecho a desistir de una contratación, depende de la forma en la que se haya efectuado dicha contratación. Si el contrato se realizo por teléfono o internet, dispones de siete días hábiles para revocar el contrato, siempre que la ejecución del mismo no haya comenzado, con el acuerdo del consumidor y usuario, antes de finalizar el plazo de siete días hábiles.

Si la contratación fue presencial, es decir en un establecimiento comercial, la ley no regula el derecho a desistir, será el empresario quien otorga este derecho en el propio contrato y a voluntad del empresario

Saludos

Anónimo

Buenos días, he contratado un plan renove y un móvil nuevo, pero el móvil no presenta las caracteristicas que pedía, desde la contratación han pasado 11 días, desde la atención al cliente de la propia empresa me han comentado que tengo un mes legal para revocar el contrato sin ningún coste ¿es cierto?

Consumo Responde

Hola, el derecho a desistir de una contratación, depende de la forma en la que se haya efectuado dicha contratación. A modo de ejemplo, en contratos formalizados por teléfono, el RDL 1/2007 que regula los derechos de los consumidores, otorga 7 días hábiles para revocar la contratación.

Si la contratación fue presencial, es decir en un establecimiento comercial, la ley no regula el derecho a desistir, será el empresario quien otorga este derecho en el propio contrato.

Un saludo.

Anónimo

Hola,espero me deis una pequeña ayuda,resulta que tengo una linea de teléfono fijo y adsl con ono,con la cual tenía una promoción que se me acabó este mes,me han subido la tarifa a 64 euros,me puse en contacto con ellos y me ofrecieron una oferta de 49,90 euros mes,pues bien mire otras operadoras y encontré por internet una que ofrece el fijo y el adsl a 11,90 los 12 meses primeros y después a 15,95,euros,bien pues llamé y al final,contraté con estos manteniendo el mismo número,al final me sale por 37,44,me dicen que a lo que pone en internet tenemos que añadir 15 euros por la linea,más el iva que nio esta reflejado por internet,además me cobran 36 euros por adelantado y aquí empieza mi calvario,pues a mi me dijeron que tenia que pagar 29 euros y algunos céntimos,llamé para cancelarlo todo el mismo día que contraté,pues aún así me dijeron que me daban unos bonos etc,y que esto de cobrar lo hacian todas las operadoras,pues yo acepté,pero no estaba del todo satisfecho y realicé la misma operación con otra empresa diferente y me llevo la sorpresa de que no me cobran nada por adelantado,ni por gastos de gestión, ni permanencia ni nada y eso que hice incapié en ello,bueno pués el segundo día me pongo en contacto de nuevo con dicha compañía (Orange),pues no me pareció bien que se me dijera que todos lo hacen para combencerme a mí,ademas no me sentía satisfecho con lo que había pasado,ellos me proponen un descuento durante trtes meses que suplía los 30 euros,pero yo decidí que me lo cancelaran todo y ellos contestan en pocas palabras que o cojo esa oferta o pago 113 euros de penalización si decido cancelar,mi pregunta es si yo no dispongo de un tiempo en el cual yo puedo cancelarlo sin tener que pagar,cuantos días son,pues ahora me veo,que me han cobrado 36 euros ya de gestión y encima o me quedo con ellos 12 meses o de lo contrario pago,a y sdi ellos deciden cobrarlo de mi cuenta corriente podré devolver ese recibo..espero me deis respuesta gracias.

Consumo Responde

Hola!
Según puedes observar en ésta misma página, en el caso de contratación telefónica o electrónica, tienes un plazo de siete días hábiles para desistir del contrato, sin tener que justificarlo y sin incurrir en penalización ni gasto alguno. El ejercicio de este derecho no está sometido a ninguna formalidad. Basta que se acredite, en cualquier forma admitida en derecho. Aunque una de las excepciones al desistimiento es :

Contratos de prestación de servicios cuya ejecución haya comenzado, con el acuerdo del consumidor y usuario, antes de finalizar el plazo de siete días hábiles.

Un saludo

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