¿Cree que las empresas que prestan servicios esenciales deberían favorecer la tramitación de quejas y reclamaciones por vía electrónica?

En Andalucía es posible tramitar una hoja de quejas o reclamaciones a través de internet pero actualmente el sistema es voluntario para las empresas.

El Decreto 72/2008, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía establece la posibilidad de que presenten quejas y reclamaciones mediante medios electrónicos, como mecanismo adicional y complementario a su presentación en soporte papel. La norma habilita un sistema voluntario para que las empresas que así lo deseen puedan adherirse, facilitando así la tramitación on-line de las quejas y reclamaciones que reciben y generando un valor añadido en su atención al cliente.

Por este motivo, si un ciudadano tiene un problema con una empresa o compañía y desea interponer una queja o reclamación por vía telemática sólo puede hacerlo si tiene firmal digital y si previamente esa empresa se ha adherido al sistema.

El sistema es gratuito y sencillo para los empresarios, que únicamente tienen que darse de alta en la aplicación informática alojada en la Oficina Virtual de Consumo.

A pesar de los esfuerzos de la administración andaluza de Consumo por incentivar este sistema y las campañas a favor de la adhesión realizadas en los últimos 2 años, el número de empresas adheridas se mantiene en torno a las 300, una cifra muy baja si se compara con el volumen de compañías existentes en nuestra comunidad.

Por este motivo, desde la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía se plantea la necesidad de realizar una consulta abierta para recabar la opinión de la sociedad sobre la posibilidad de hacer obligatoria la tramitación vía telemática de quejas y reclamaciones en las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía y del resto de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las entidades prestadoras de servicios básicos, las grandes empresas, así como las entidades o empresas privadas que gestionen servicios públicos y de interés general en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley 17/2003 de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía define en su artículo 3 los Bienes de primera necesidad y servicios esenciales, como aquellos que por sus singulares características resulten básicos para los consumidores, o sean de uso o consumo común ordinario y generalizado.

Puedes participar en la elaboración de las políticas de Consumo de Andalucía respondiendo a esta consulta y dando tu opinión al respecto a través del siguiente correo electrónico:

consultapublicaconsumo.csalud@juntadeandalucia.es

Si respondes en nombre de un organismo te invitamos a que lo hagas constar para que tu respuesta sea representativa de tu organización.

Esta consulta pública permanecerá abierta hasta el 15 de julio y una vez cerrada se publicarán los comentarios recibidos, indicando el nombre de la persona o entidad que los remitió.

Información Legal: Los datos suministrados quedarán incorporados en un fichero informatizado titularidad de la Junta de Andalucía, siendo utilizados únicamente con la finalidad de recabar su opinión. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros que lo puedan utilizar para finalidades distintas para las que te han sido solicitados.

Asimismo, le comunicamos que puede, en todo momento, solicitar el acceso, cancelación, corrección o borrado de tus datos personales, a través de la misma dirección de correo electrónico.

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Comentarios

Listado de comentarios 4

Anónimo

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JC Cutiño

Por accesibilidad, por capacidad tecnológica, por servicio al ciudadano... deben hacerlo, sin excluir los canales convencionales, que la brecha digital aún existe...

Consumo Responde

Muchas gracias por tu aportación. Es importante tener en cuenta todos los canales para evitar la brecha digital pero también hay que potenciar los canales digitales y que la persona consumidora elija. Saludos.

Anónimo

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si las empresas utilizan los sistemas electronicos para ofrecer sus productos o servicios, seria logico que tambien se ofreciera a sus clientes la posibildad de presentar reclamaciones o quejas a través del mismo sistema por el que se adquirió el producto o servicio.

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