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Elaborada por Consumidores AL-ANDALUS, en esta guía se puede encontrar información sobre aspectos básicos que se establecen en el reglamento y que afectan a los consumidores en sus relaciones con las entidades suministradoras de agua.
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Con la compra de una nueva vivienda son muchos los trámites que hay que realizar, y uno de los principales es el contrato del suministro del agua. Para iniciar el proceso deberemos dirigirnos a una entidad suministradora, que es quien se dedica a la distribución domiciliaria del agua potable.
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El contrato de suministro de agua se firmará por tiempo indefinido, salvo que se indique otra cosa. Sin embargo, el cliente podrá darlo por terminado en cualquier momento, siempre que comunique esta decisión con un mes de antelación.
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Tanto la entidad suministradora de agua potable como el cliente que contrata un suministro tienen que cumplir una serie de obligaciones a la hora de firmar un contrato. Os las detallamos empezando por los derechos de los que disfrutan los clientes.
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El suministro de agua de una vivienda puede interrumpirse por diversos motivos, algunos de los cuales vendrán provocados por la empresa suministradora (averías) y otros por el propio cliente (impagos). Vamos a ver cómo resolver esta situación.