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Cada vez es más frecuente que, a la hora de hacer un viaje, optemos por un servicio completo en el que se incluya viaje, alojamiento y algún otro tipo de servicio, como excursiones, visitas... Esto es lo que se conoce como viaje combinado. Aquí os explicamos vuestros derechos en estos viajes.
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El organizador o detallista de un viaje combinado tiene la obligación de facilitar al consumidor un programa o folleto informativo, claro y preciso, sobre la oferta del viaje. Aquí os explicamos qué debe llevar ese folleto.
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El contrato que firmas al contratar un viaje combinado te vincula con el organizador o el detallista, pero no establece una relación jurídica con los prestadores directos de los distintos servicios: transporte, alojamientos... A continuación te explicamos los contenidos mínimos del contrato.
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Existen una serie de informaciones sin las cuales te aconsejamos que no contrates un viaje combinado, ya que posteriormente podrían hacerte falta en el caso de que tengas algún problema o incidente.
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En el caso de que el organizador de un viaje combinado decida cancelarlo tendrás dos opciones como consumidor: o que te reembolsen las cantidades pagadas o que te ofrezcan otro viaje equivalente o superior.