Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros
Dichos órganos, adscritos al Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se conciben con caracteres de independencia y autonomía, y se les dota de los medios profesionales y operativos necesarios para asegurar la eficacia en su actuación.
Su labor es facilitar a los usuarios de los servicios financieros todos los cauces posibles para hacer llegar a las autoridades de supervisión cualesquiera quejas, reclamaciones o consultas que aquéllos les transmitan.






















