Consumo recomienda desconfiar de las ofertas de operadoras de telefonía que no se identifiquen de manera expresa

El servicio Consumo Responde, dependiente de la Consejería de Salud y Familias, recalca la importancia de realizar contrataciones conscientes y seguras en materia de telefonía
Mujer hablando por teléfono

En algunas ocasiones, las personas consumidoras reciben llamadas con una oferta de una operadora de telefonía que no se termina de identificar claramente con el nombre de su compañía: hablamos de uno de los sectores que más reclamaciones y dudas generan ante Consumo Responde, las OMIC y los Servicios Provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía.

Algunas pautas de conducta adoptadas por las personas usuarias de los servicios de telefonía evitan que surjan problemas o incidencias que puedan repercutir negativamente sobre sus contratos o facturación, como por ejemplo contratar con las operadoras que estén adheridas al Sistema Arbitral de Consumo, ya que supone un distintivo de confianza y garantiza que cualquier discrepancia pueda ser resuelta de forma ágil y sin acudir a los tribunales.

En el momento de la contratación de una oferta en materia de telefonía, se recomienda prestar especial atención a los servicios adicionales que hayan podido añadir para comprobar que, efectivamente, se dio el consentimiento por parte de la persona consumidora. De igual manera, deben consultarse previamente los derechos y obligaciones de las personas usuarias de servicios de telefonía, realizar comparativas entre diferentes compañías y aclarar las condiciones que ofrece la operadora en cuanto a tarifas, condiciones de contratación, permanencias, indemnizaciones en caso de interrupción de suministro, penalizaciones, etcétera, por insignificante que pueda parecer.

Si una persona decide contratar una nueva tarifa o cambiar a una nueva compañía, debe considerar que la expedición de la facturación electrónica está condicionada al consentimiento de la persona destinataria de la misma, es decir, es una alternativa legal que debe aceptar claramente la persona consumidora en el momento de la contratación, por lo que siempre está en su derecho de solicitar la facturación en papel.

Cambios de compañía sin consentimiento

Esta actividad se conoce con la palabra de origen inglés ‘slamming’, que describe un procedimiento por el cual una operadora de telefonía realiza un cambio de compañía telefónica a una persona que tiene contratado este servicio en otra empresa, sin el consentimiento previo de dicho titular y, por lo tanto, utilizando técnicas fraudulentas.

Para evitar estas actuaciones por parte de las operadoras, cuando la persona consumidora reciba una oferta que no desee contratar, se recomienda aclarar rotundamente la negativa, así como no facilitar datos personales y, mucho menos, el número de cuenta bancaria.

Algunos indicios de estar siendo víctima del ‘slamming’ son descubrir que la factura procede de otra compañía operadora distinta a la original, o recibir una contra-oferta de la empresa que facturaba con normalidad a la persona consumidora. Si sucede, se recomienda interponer la oportuna reclamación.

Lista Robinson

Además del ‘slamming’, otro término mucho más familiar es el llamado ‘spam’ y para defenderse del mismo existe la llamada ‘Lista Robinson’, un servicio gratuito a disposición de las personas consumidoras cuyo objetivo es la reducción y exclusión de la publicidad que estas reciben en materia como la telefonía, así como reducir la recepción de comunicaciones comerciales mediante llamadas, SMS, correo postal y correo electrónico.

Para ello, cualquier persona interesada puede realizar su inscripción en la página web y cumplimentar el formulario para seleccionar los canales de los que no se quiere recibir información comercial.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

Valora el contenido:
0