Consumo examinará 500 talleres de reparación de vehículos en el marco de una campaña de inspección a nivel autonómico

Los controles irán dirigidos a comprobar la información mínima para la persona consumidora y supervisar el control metrológico de los instrumentos

La Secretaría General de Consumo desarrolla desde finales de junio una campaña a nivel autonómico de inspección de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles y en la que se someterá a examen a al menos 500 establecimientos. Las inspecciones, que se realizarán hasta el próximo 15 de octubre, se centrarán en los aspectos que redundan directamente en los derechos de las personas consumidoras, como la obligación de tener hojas de quejas y reclamaciones, dar información sobre la oferta de bienes y servicios, presupuestos y facturas, y se revisará el control metrológico del instrumental como manómetros o analizadores de gases.

 

Las actuaciones correrán cargo de los ocho Servicios Provinciales de Consumo existentes, siendo la provincia de Sevilla donde más se intervendrá, con un total de 105, le siguen con 75 visitas a talleres las provincias de Málaga y Granada, 70 se harán en Jaén, 60 en Cádiz, 55 en Córdoba, 35 en Almería y 25 en Huelva.

 

Los aspectos que se controlarán serán elementos básicos relativos a información mínima en documentación y publicidad a las personas consumidoras. Además de tener hojas de quejas y reclamaciones, se supervisará si tienen elementos para informar de si se trata de un taller genérico o de marca, su rama de actividad (mecánica, electricidad-electrónica, carrocería o pintura) y especialización, es decir, dejar claro si se limitan a la reparación, instalación o sustitución de piezas para determinados tipo de vehículos o equipos, detallando si reparan motocicletas y ciclomotores, neumáticos, equipos de inyección, aire acondicionado y climatización, lunas o autorradios, entre otros.

 

En el caso de ser talleres genéricos, los inspectores analizarán si tienen a disposición del público albaranes o facturas que acreditan el origen y precio de las piezas utilizadas en las reparaciones. Si se trata de talleres de marca verán, además, si tiene autorización del fabricante, catálogos y tarifas de las piezas y tablas de tiempo de trabajo y su valoración económica.

 

Otros de los aspectos claves en estas inspecciones son los resguardos, presupuestos y las facturas de la reparación. Se comprobará que a las personas usuarias se les informa en el caso de que el precio de la reparación o servicio vaya a resultar mayor que el presupuestado o el indicado en el resguardo de depósito, y si se comunica dicha variación a fin de que éste preste conformidad al aumento de precio. De no ser así, el taller no podrá cobrar por encima de lo presupuestado inicialmente.

 

La persona consumidora tiene derecho a la elaboración de un presupuesto previo de carácter gratuito, con una validez mínima de doce días hábiles. El inspector vigilará especialmente que los presupuestos expedidos por los talleres sean gratuitos, siempre que se realice la reparación. Los gastos de estancia son los únicos que pueden devengarse cuando el vehículo ha sido reparado y así se ha comunicado a la persona usuaria, sin que éste proceda a su retirada en el plazo de tres días.

 

En cuanto a la factura, se constatará si está escrita, firmada y sellada, debidamente desglosada y en la que tendrán que especificarse cualquier tipo de cargos devengados, operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y las horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe. También se vigilará que no se recargue, en los casos en que la reparación conlleve la sustitución de piezas, cantidad alguna sobre el precio de venta al público de dichas piezas, y se examinará que en la factura final que hace el taller los recargos del IVA de las piezas se aplican sobre los precios de adquisición de la pieza por el taller sin IVA, para así evitar que este impuesto se cobre por partida doble al cliente.

 

Con carácter general, la ausencia de estos requisitos está considerada como falta leve y están sancionados con multas entre 200 y 5.000 euros.

 

Las deficiencias relativas al control metrológico de los manómetros, analizadores de gases y opacímetros darán lugar a la remisión del acta de inspección a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, perteneciente a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, que es el órgano competente en materia de metrología.

 

Recomendaciones

 

La Secretaria general de Consumo le recomienda que exija siempre, al dejar su vehículo en el taller, el resguardo de depósito debidamente cumplimentado y haciendo constar en el apartado correspondiente la descripción de la reparación, motivo o servicio solicitado al taller. Es importante que conserve este resguardo incluso una vez retirado el vehículo, pues en caso de disconformidad con la reparación efectuada, le servirá para acreditar las razones por las que dejó el vehículo en el taller.

 

Pida presupuesto para la reparación o servicio solicitado para conocer el importe de la misma, es su derecho y no le supondrá coste adicional ninguno si usted finalmente decide realizar el servicio solicitado. El presupuesto tiene validez de 12 días hábiles una vez recogido.

 

Solicite siempre factura de la reparación o servicio realizado y recuerde que ésta cuenta con una garantía de tres meses o 2.000 Km desde el día de la entrega del vehículo.

 

Y, finalmente, recuerde que todos los talleres deben disponer de Hojas de Quejas y Reclamaciones a disposición de quien la solicite, y así anunciarlo en el cartel correspondiente.

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