El marcado CE, un distintivo de seguridad clave para la Red de Alerta de Productos y en las campañas de inspección de Consumo

Implica por parte de la entidad fabricante unos estándares de seguridad para las personas consumidoras y usuarias acordes a la normativa europea, obligatorios de cara a su comercialización en la UE
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El marcado CE (iniciales Conformidad Europea, del francés Conformité Européenne) es un distintivo reconocido por el conjunto de las personas consumidoras y usuarias en Europa. Se trata de un marcado obligatorio –en base a la Directiva 2001/95/CE y el Reglamento 765/2008– que implica, en aquellos productos donde es obligatorio el mismo, unos estándares de seguridad marcados por la normativa comunitaria, sin los que dicho producto no podría ser comercializado en la Unión Europea. Por esta razón, el marcado CE, responsabilidad de la entidad fabricante, se aplica a los productos que vayan a ser comercializados en Europa, independientemente del país donde haya sido fabricado.

No quiere decir que este marcado afecte a la totalidad de los productos, ya que se aplica a determinado tipo de artículos encuadrados en las directivas europeas de nuevo enfoque (New Approach), en los que deben figurar las iniciales CE de forma visible, legible e indeleble, ya sea en el mismo producto o en su placa de características, en su embalaje y/o en la documentación que lo acompaña.

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias considera el marcado CE fundamental para definir la homologación y estándar de seguridad de los productos que se comercializan en la UE, y recuerda que, dentro del etiquetado general, es uno de los aspectos que se controla de una manera más exhaustiva en las diferentes campañas del Plan de Inspección de Consumo, de forma específica en las campañas de control de productos industriales, donde se comprueba si el producto necesita el marcado, y en caso afirmativo, si lo indica de forma correcta en el artículo, documentación o embalaje. En las campañas de inspección de 2021, afectaría a productos como juguetes, disfraces, caretas y máscaras destinados a menores de 14 años, mascarillas y otros productos como los pequeños electrodomésticos.

Tan sancionable para la entidad fabricante es el producto que, requiriéndolo, no lleve el marcado CE, como el que lo incorpora a pesar de no necesitarlo. Como ejemplo, es una de las principales razones por las que a través la Red de Alerta de Productos de Consumo se han retirado del mercado una gran cantidad de mascarillas higiénicas que, pese a estar exentas de llevar ese distintivo, lo han incorporado, por generar dudas sobre la verdadera naturaleza del producto.

 

Seguridad de los consumidores

El marcado afecta a un gran abanico de productos susceptibles de comprometer o de los que dependa la seguridad de las personas consumidoras y usuarias, por lo que sus fabricantes están obligados a cumplir la normativa europea incorporándolo. Esta indicación garantiza que dicho fabricante ha evaluado el producto antes de ponerlo en circulación para su venta o distribución y, por ende, la ausencia de peligro para las personas.

Las siglas indican, por tanto, el cumplimiento de la normativa comunitaria de productos como por ejemplo juguetes, equipos de protección individual (cascos, gafas, mascarillas, guantes, ropa de protección, calzado de seguridad, etc.), calderas de agua caliente, etiquetado energético, electrodomésticos (lavavajillas, hornos, campanas extractoras, aspiradoras, televisión, lavadoras, secadoras), ascensores, aparatos electrónicos y eléctricos, balanzas, embarcaciones de recreo, o productos pirotécnicos, entre otros.

Por lo tanto, el marcado CE la exige una actitud proactiva de la entidad fabricante -haciéndola directamente responsable– a la hora de someter el producto a la normativa y directivas de la Unión Europea. Casos de especial importancia, por su propia naturaleza, son los de los equipos de protección individual, tal como su nombre indica, o los de los juguetes, ya que estos últimos son productos destinados a la población infantil.

 

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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