CAMPAÑA DE CONTROL DEL ETIQUETADO Y DE LA SEGURIDAD DE JUGUETES 2016

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se centra en controlar que los juguetes dispuestos para la venta estén debidamente etiquetados y cumplan con los requisitos de seguridad exigidos

A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

      La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se centra en controlar que los juguetes dispuestos para la venta estén debidamente etiquetados y cumplan con los requisitos de seguridad exigidos. Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de junio hasta finales de noviembre de 2016.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

      El objetivo principal de esta campaña es comprobar que los juguetes dispuestos para la venta están debidamente etiquetados, de acuerdo con la legislación aplicable a estos productos, y cumplen con los requisitos de seguridad exigidos en las normas de la serie UNE-EN 71. Seguridad de los juguetes.

C) NÚMERO DE CONTROLES

      Por los Servicios provinciales de Consumo se llevará a cabo la inspección de 550 juguetes, vigilando el grado de cumplimiento de la legalidad vigente.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

      Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

      Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

      Con independencia de la normativa general, la legislación específica aplicable a la información objeto de control es la siguiente:

  • Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes (juguetes introducidos en el mercado a partir del 20/07/2011).
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa General de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de defensa y protección de los consumidores y usuarios de Andalucía.
  • Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, de Seguridad General de los Productos.
  • Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre Seguridad de los Juguetes.
  • Norma UNE-EN 71-1:2015 Seguridad de los juguetes. Parte 1: Propiedades mecánicas y físicas.
  • UNE-EN 71-2:2011+A1:2014. Seguridad de los juguetes. Parte 2: Inflamabilidad.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

      En la campaña de inspección ejecutada en 2015 se levantaron 663 actas, resultando que 129 de éstas fueron positivas, lo que supone un 19,45% del total. En cuanto a la toma de muestras, se tomaron 103 muestras de las que han resultado positivas 29, lo que supone un 28,15%.

      Respecto a los resultados obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observan en el hecho de que no figura en el juguete, envase o en documento que acompañe al mismo, el nombre, nombre comercial registrado o marca comercial del fabricante; tampoco figura la dirección del fabricante y además cada advertencia no va precedida de la palabra "ADVERTENCIA" O "ADVERTENCIAS".

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

 

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