A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente campaña de inspección se realizará por parte del personal de todos los Servicios de Consumo de las Delegaciones Territoriales de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de julio hasta final del mes de diciembre de 2026.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
La campaña de inspección está dirigida a inspeccionar a empresas y gestores inmobiliarios, promotoras y constructoras, en la venta, promoción y publicidad en el arrendamiento y compraventa de viviendas, independientemente de que éstas se encuentren en proyecto, en construcción o ya construidas.
Los objetivos de la campaña de inspección se resumen a continuación:
a) Conocer la situación del sector, en lo que se refiere al cumplimiento de la normativa de consumo, analizar su evolución y las características de las ofertas, promociones y publicidad que, en materia de compraventa y arrendamiento de viviendas, se están llevando a cabo.
b) Conocer en qué grado se está cumpliendo la normativa en lo referido a la información que se facilita a las personas consumidoras sobre: datos generales y concretos de la vivienda objeto de venta o alquiler, precio, condiciones de pago, garantías de las cantidades entregadas a cuenta en vivienda en construcción, responsabilidades y garantías de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, etc.
c) Comprobar la adecuación de los modelos contractuales utilizados por los agentes intermediarios.
d) Comprobar que el contenido de los contratos de compraventa o alquiler, ya firmados, entre la empresa y una persona consumidora, se ajusta a las exigencias de la normativa.
e) Verificar que el bien que se pretende vender o arrendar corresponde efectivamente a la oferta que se está realizando, así como que la coincidencia de sus características se refleja debidamente en la información previa y en el contenido de los contratos de compraventa o alquiler.
f) En las inspecciones de viviendas en proyecto o en construcción, comprobar que existen avales individuales, sean Viviendas de Protección Oficial o Viviendas libres.
g) En el caso de los arrendamientos de viviendas, verificar el cumplimiento de los requisitos legales por parte de las empresas de intermediación, en particular, en lo referente a no cobrar u obligar a pago alguno al arrendatario por los gastos de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato.
h) En el caso de los arrendamientos de vivienda, comprobar el cumplimiento por parte de la empresa de intermediación referente a que los importes solicitados en concepto de fianza no superen la cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas.
i) En toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un edificio o una vivienda individual, comprobar el cumplimiento de la obligación de poner a disposición de las personas consumidoras el certificado de eficiencia energética preceptivo.
j) La verificación de que se cumpla la obligación de proporcionar la información sobre certificaciones energéticas en oferta de viviendas de plataformas de intermediación inmobiliaria.
k) La revisión de la relación contractual entre el propietario del inmueble, cuando éste sea un consumidor, respecto de las empresas de intermediación, en la prestación del servicio de intermediación para el arrendamiento o venta de vivienda, incluyendo el asesoramiento y búsqueda de interesados para perfeccionar un contrato. Esta puede materializarse mediante los documentos conocidos como “notas de encargo”, “contratos de gestión”, “autorización de venta”, o similares.
l) La adopción de medidas para garantizar el cumplimiento de la normativa.
C) NÚMERO DE CONTROLES
De acuerdo con los objetivos previstos, están programados para su ejecución por los Servicios de Consumo provinciales al menos 130 actuaciones inspectoras, repartidas entre vivienda en proyecto/construcción, vivienda nueva, vivienda usada y arrendamiento de vivienda.
D) PROTOCOLOS DE INSPECCIÓN
Se adjuntan los cuatro protocolos de inspección de esta campaña.
Estos protocolos son unos documentos guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
Sin carácter exhaustivo, la legislación aplicable será la siguiente:
Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU).
Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía.
Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamientos de viviendas.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.
Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (y sus modificaciones).
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial.
Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de viviendas protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de vivienda protegida y suelo.
Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Orden de 30 de noviembre de 2009, por la que se aprueban las normas sobre las instrucciones particulares de uso y mantenimiento de los edificios destinados a viviendas y el Manual General para el uso, mantenimiento y conservación de los mismos (BOJA n.º 7 de 13 de enero de 2010).
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
Aún no se dispone de información detallada sobre los resultados de la campaña de inspección desarrollada en 2025.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA