CAMPAÑA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE MERCADO DE LOS PRODUCTOS IBÉRICOS

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, está dirigida a garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de los consumidores, que buscan la calidad de los productos derivados del cerdo ibérico.

A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

      La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza en por los Servicios de Consumo de Almería y Córdoba, y está dirigida a garantizar una correcta y leal competencia de los mercados y asegurar la defensa de los consumidores, evitando fraudes y distorsiones de la competencia con otros productos porcinos, que no responden a las expectativas del consumidor, que busca la calidad de los productos derivados del cerdo ibérico.

      La campaña se llevará a cabo desde mayo hasta noviembre de 2017.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

               Son objetivos de esta campaña de inspección los siguientes:

  • Sensibilizar a los fabricantes, distribuidores y, en general, a todos los que intervienen en la cadena de comercialización, de que deben poner en el mercado productos que cumplan las normas referentes al etiquetado e información de la composición de los mismos.
  • Recoger información para lograr un conocimiento más completo de este grupo de alimentos y su problemática, con el fin de facilitar la adopción posterior de las medidas necesarias tendentes a garantizar los derechos de los consumidores.

C) NÚMERO DE CONTROLES

      De acuerdo con los objetivos propuestos, se realizarán un total de 100 controles de la información obligatoria del etiquetado de los productos, 50 por el Servicio provincial de consumo de Almería, y 50 por el de Córdoba.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

      Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

      Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

      Con independencia de la normativa general, la legislación específica aplicable a esta campaña, a título informativo y sin carácter exhaustivo, es la siguiente:

  • Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2001, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión.
  • Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico
  • Real Decreto 474/2014, de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de derivados cárnicos.
  • Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.
  • Reglamento 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la autoridad europea de seguridad alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Real Decreto 1945/1983, de la Presidencia del Gobierno, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
  • Real Decreto 1808/1991, de 13 de diciembre de 1991, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de Secretaría del Gobierno, por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio.
  • Real Decreto 930/1992, de 17 de julio, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de Secretaría del Gobierno, sobre Normas de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios.
  • Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
  • Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero del 2002, del Ministerio de Sanidad y Consumo, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización.
  • Reglamento 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
  • Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo de 2006, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.
  • Real Decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, del Ministerio de la Presidencia, en el que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo.

F) DATOS DE CAMPAÑAS ANTERIORES

      No se han realizado Campañas con la misma finalidad en los años anteriores.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

 

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