Campaña Nacional de control del etiquetado y de la seguridad de guirnaldas luminosas 2019

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito nacional, se realiza en la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Servicio de Consumo de Sevilla, y está dirigida a verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios del etiquetado, de información y de seguridad, y a la adopción de las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras, o ambas.

A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

La presente campaña de inspección, de ámbito nacional, se realizará en la Comunidad Autónoma de Andalucía por parte del Servicio de Consumo de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Sevilla.

Las actuaciones se desarrollarán durante el mes de noviembre de 2019.  

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

Los principales objetivos fijados para esta Campaña son los siguientes:

  • La verificación del cumplimiento de los requisitos obligatorios del etiquetado, de información y de seguridad.
  • Adoptar las medidas necesarias para la corrección del mercado, bien sean medidas preventivas, sancionadoras, o ambas.

C) NÚMERO DE CONTROLES

De acuerdo con los objetivos previstos, están programadas para su ejecución por el Servicio de Consumo de Sevilla el control de 10 guirnaldas luminosas, a las que se le realizarán un control de etiquetado y ensayo en un laboratorio para verificar que el producto es seguro.

D) PROTOCOLOS DE INSPECCIÓN 

Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

Sin carácter exhaustivo, la legislación aplicable será la siguiente:

  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a consumidores y usuarios.
  • Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
  • UNE-EN 60598-1:2015: Luminarias. Parte 1: Requisitos generales y ensayos.
  • UNE-EN 60598-2-20:2015: Luminarias. Parte 2-20. Requisitos particulares. Guirnaldas luminosas.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

En la anterior Campaña de control del etiquetado y de la seguridad de guirnaldas, que se llevó a cabo en 2016, se realizaron en toda Andalucía 49 actuaciones, de las cuales 13 resultaron positivas (en el sentido de detectarse algún incumplimiento de la normativa reguladora aplicable), lo que supone un 26,53% de las mismas.

Respecto a los resultados obtenidos, los mayores porcentajes de incumplimientos se observan, en relación con el incumplimiento de que figuren en el etiquetado determinadas leyendas, con instrucciones técnicas de uso y manejo o advertencias de seguridad, que han de constar preceptivamente en los distintos tipos de guirnaldas, así como en materia de seguridad, por existir riesgo de electrocución en determinados modelos concretos de guirnaldas, que fueron oportunamente incluidas en la Red de Alerta de Productos de Consumo.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

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