Con respecto al IVA de ciertos alimentos:
Desde el 1 de enero de 2025:
- Se aplica el 10 % de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de:
- Aceites de semillas.
- Pastas alimenticias.
- Se aplica el 4 % de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de:
- Pan común, la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan la condición de productos naturales.
- Los aceites de oliva pasan a tributar a un tipo superreducido, es decir, al 4 %.
En cuanto al Bono Social Eléctrico:
En materia de Bono Social Eléctrico, los descuentos del bono social aplicables a personas consumidoras domésticas de electricidad serán los siguientes con carácter excepcional en los periodos siguientes:
- Con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de junio de 2025, el descuento para las personas consumidoras vulnerables será del 50 % y de las personas consumidoras vulnerables severas del 65 %.
- Con efectos desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025, el descuento para las personas consumidoras vulnerables será del 42,5 % y de las personas consumidoras vulnerables severas del 57,5 %.
Algunas medidas prorrogadas a partir del 1 de enero de 2025.
- Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 de la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga. En este caso, la deducción alcanza el 15% del valor de adquisición del vehículo o de la instalación de los puntos de recarga.
- Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2025 de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Se trata de una medida vinculada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que permite a los contribuyentes una deducción en el IRPF de un 20%, 40% e incluso 60% de dichas obras.
- Prohibición de interrumpir los suministros básicos de agua, luz y gas para los consumidores vulnerables establecida. La medida permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Prórroga hasta el 30 de junio de 2025 de los descuentos de hasta el 100% del transporte público terrestre para viajeros habituales. Así, los abonos gratuitos de Cercanías, Media Distancia convencional y de las líneas de autobús estatal se mantienen vigentes durante el primer semestre de 2025, así como las ayudas directas a las comunidades autónomas y entidades locales para promover la reducción de, al menos, el 50% del precio de los abonos y títulos multiviaje del transporte público colectivo urbano y metropolitano. Se pueden consultar las medidas temporales de prórroga en materia de transporte ferroviario y en materia de transporte regular de personas viajeras por carretera.
- Suspensión de los desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, extendiéndose el periodo de suspensión de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables económica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2025, en los casos ya previstos en la actualidad. Esto queda extendido a las personas propietarias de los inmuebles afectados por la medida, que podrán solicitar la oportuna compensación hasta el 31 de enero de 2026.
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