A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente Campaña de Inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios provinciales de Consumo, y está dirigida a comprobar el grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito de los talleres de reparación de vehículos.
Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de mayo hasta diciembre de 2024.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
La presente Campaña de Inspección tiene como finalidad vigilar la adecuación del sector a la normativa vigente, fundamentalmente, a los preceptos contenidos en el Decreto 9/2003, de 28 de enero, con las modificaciones incluidas por el Decreto 327/2012, de 10 de julio, y del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Además, se controlará en este ámbito que se cumplen con las obligaciones relativas a las hojas de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía, así como las del control metrológico de los instrumentos que procedan, con el fin de salvaguardar los intereses económicos de las personas consumidoras.
C) NÚMERO DE CONTROLES
Por los Servicios provinciales de Consumo se llevarán a cabo el control de al menos 250 talleres, vigilando el grado de cumplimiento de la legalidad vigente en temas como las hojas de quejas y reclamaciones, información mínima en la documentación y publicidad, información mínima en el presupuesto y resguardo de depósito, facturas y justificantes de pago y los diferentes equipamientos que pueda tener el establecimiento y que necesiten de verificación periódica de control metrológico..
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo..
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
La legislación aplicable a esta campaña es la siguiente:
• Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
• Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 29/2009, de 30 de diciembre por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
• Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades y servicios.
• Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación.
• Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
• Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
• Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
• Decreto 9/2003, de 28 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles y se articulan derechos de consumidores y usuarios (BOJA núm. 30, de 13 de febrero), con las modificaciones introducidas por el Decreto 327/2012, de 10 de julio.
• Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
• Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de
• diciembre, de Metrología.
• Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.
• Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, que regula la gestión de aceites usados.
• Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
En la Campaña de inspección de talleres de reparación de vehículos 2023 se realizaron por los Servicios provinciales de Consumo 364 actuaciones inspectoras en 201 establecimientos, generando 201 expedientes de inspección, con un total de 39 de ellos calificados como positivos, lo que supone un 19,4%.
Respecto a los resultados obtenidos, los mayores porcentajes de incumplimientos detectados se refieren a que el taller no tiene hojas de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía a disposición del consumidor ni el cartel anunciador de las mismas; no se exhibe al público, al menos en castellano, de forma perfectamente visible y en caracteres tipográficos de tamaño no inferior a siete milímetros de altura, un cartel de derechos del consumidor, que contendrá las leyendas que se indican en el Anexo III del Decreto 9/2003; no se expide el documento “Presupuesto” con una validez mínima de doce días hábiles y con los requisitos establecidos en la normativa de forma que se da respuesta a las obligaciones recogidas en la misma; no se expide el documento “Resguardo de depósito” con los requisitos establecidos en la normativa de forma que se da respuesta a las obligaciones recogidas en la misma; se comprueba para todos los vehículos que están depositados en el taller no se ha cumplimentado el documento de resguardo de depósito; no se incluye en el resguardo de depósito un recuadro con la opción de renuncia al presupuesto, con una firma específica para este supuesto y con la forma y texto recogidos en el Decreto 9/2003, de 28 de enero.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA
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