¿Qué es un centro de bronceado?
La radiación solar es fundamental para la vida, sin embargo una inadecuada exposición al sol, así como una insuficiente protección, pueden desencadenar efectos perniciosos para la salud. Estos efectos van desde afecciones oculares, aparición de alergias o manchas y envejecimiento prematuro de la piel, hasta la aparición del tan temido cáncer de piel. Todo ello debido a que nuestra atmósfera no es opaca a las radiaciones ultravioletas procedentes del sol. El bronceado de la piel se puede conseguir de manera natural a través de la toma directa del sol, o de manera artificial acudiendo a los conocidos como centros de bronceado.
Los centros de bronceado son establecimientos que prestan al público, con fin comercial, de modo oneroso o gratuito, un servicio de bronceado mediante el uso de aparatos equipados de emisores ultravioletas. Su actividad se puede ejercer de modo exclusivo o simultáneo a otras de carácter estético.
Las personas usuarias de estos aparatos de bronceado, tanto domésticos, como de centros de bronceado, no podrán recibir radiaciones ultravioletas con irradiancia efectiva superior a los 0,30 W/m2 y de una longitud de onda por debajo de los 295 nanómetros (nm). La entidad fabricante o su representante en la Unión Europea del producto, colocará el marcado CE de forma visible, fácilmente legible o indeleble en el material eléctrico o, en su defecto, en el embalaje, las instrucciones de uso o la garantía.
- Condiciones higiénico – sanitarias en los centros de bronceado. Los locales, instrumentos, gafas de protección, materiales y camas solares que se utilicen en los centros de bronceado, se someterán tras cada sesión a los tratamientos de desinfección y asepsia necesarios para garantizar la inexistencia de riesgos.
- Mantenimiento. Al menos se realizará una revisión técnica periódica anual de los aparatos utilizados en los centros de bronceado, así como cuando se realicen cambios de los elementos consumibles de las máquinas. La acreditación del cumplimiento de esta exigencia deberá quedar expuesta al público que utilice el aparato.
- Publicidad relativa a los efectos de los aparatos de bronceado. Cualquier publicidad en este ámbito deberá ir acompañada del siguiente mensaje: “Los rayos de los aparatos de bronceado ultravioleta pueden afectar a la piel y a los ojos. Estos efectos dependen de la naturaleza y de la intensidad de los rayos, así como de la sensibilidad de la piel de las personas”. En ningún caso se podrá hacer referencia a efectos curativos, preventivos o beneficiosos para la salud, ni alusiones sobre ausencia de riesgo.
¿Qué obligaciones tienen los centros de bronceado con relación a las personas usuarias?
Los centros de bronceado dispondrán de un documento de carácter informativo que será presentado a la firma de las personas usuarias para su conformidad antes de someterse a la exposición de los aparatos de ultravioleta. El contenido informativo mínimo de dicho documento será el siguiente:
- Las radiaciones ultravioleta pueden afectar gravemente a la piel y a los ojos; las exposiciones intensas y repetidas pueden provocar un envejecimiento prematuro de la piel, así como un aumento del riesgo de desarrollar un cáncer de piel; los daños causados en la piel son irreversibles.
- Es obligatorio usar gafas de protección frente a las radiaciones ultravioletas emitidas por los aparatos de bronceado para evitar lesiones oculares tales como inflamación de la córnea o cataratas.
- Las radiaciones ultravioleta pueden ser especialmente peligrosas en personas usuarias de piel muy blanca y no deben ser utilizadas por personas que se queman sin broncearse, que presentan insolación, que hayan tenido un cáncer de piel o condiciones que predispongan a dicho cáncer. Las personas que hayan tenido antecedentes familiares deben también evitar su utilización.
- Las exposiciones a los ultravioletas artificiales están prohibidas a las personas menores de 18 años y desaconsejadas a las mujeres embarazadas.
- Deben tomarse las precauciones necesarias en los periodos de tratamiento con ciertos medicamentos, entre otros, antibióticos, somníferos, antidepresivos, antisépticos locales o generales; éstos aumentan la sensibilidad a las radiaciones así como los cosméticos.
En el documento deberán figurar: los diferentes fototipos de piel, el programa de exposición recomendado, teniendo en cuenta las duraciones máximas, la distancia de exposición y los intervalos entre las exposiciones.
La clientela deberá tener conocimiento del texto del documento, firmando el mismo e indicando “leído y conforme” encima de la firma.
Hay que tener en cuenta, por lo tanto, una serie de precauciones:
- Utilizar siempre gafas de protección adecuada durante toda la exposición.
- Retirar bien los cosméticos antes de su exposición y no aplicar ningún filtro solar.
- Abstenerse de exponerse a las radiaciones ultravioletas durante los periodos de tratamiento con medicamentos. En caso de duda, consultar al personal médico.
- No exponerse al sol y al aparato de bronceado el mismo día.
- Respetar 48 horas entre las dos primeras exposiciones.
- Seguir las recomendaciones relativas a la duración, intensidad de exposición y distancia de la lámpara.
- Consultar al personal médico si se desarrollan sobre la piel ampollas, heridas o enrojecimiento.
En la sala de espera o recepción del centro de bronceado se colocará un cartel con tamaño de letra tal que, a una distancia de 5 metros, sea visible y fácilmente legible. En dicho cartel figurará la siguiente información:
- Las radiaciones ultravioletas pueden provocar cáncer de piel y dañar gravemente los ojos.
- Es obligatorio utilizar gafas de protección.
- Ciertos medicamentos y los cosméticos pueden provocar reacciones indeseables.
- No se permite su uso a las personas menores de 18 años y está desaconsejado en mujeres embarazadas.
Asimismo, se tendrá una tabla con los fototipos y los correspondientes tiempos de exposición a la vista de la persona consumidora.
El personal responsable de la vigilancia en los centros de bronceado deberá facilitar todas estas informaciones a la persona usuaria, con asesoramiento directo.
Los centros de bronceado deben facilitar a la persona consumidora un calendario/ficha personalizada de utilización del aparato, al objeto de anotar en él las recomendaciones específicas, las sesiones de exposición radiante y el tipo de exposición de dosis total recibido con el fin de llevar un control de las mismas.
Recomendaciones si se van a utilizar los servicios de un centro de bronceado.
- No acuda a cualquier centro de bronceado. Solo a los que inspiren la debida confianza que son los que cumplen con la normativa aplicable, específicamente con el Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, que regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante ultravioletas.
- Sea persona precavida antes de utilizar estos servicios, conociendo su fototipo de piel, así como leyendo con detenimiento el documento informativo que le facilitarán en el centro de bronceado.
- Si está tomando medicamentos no utilice la máquina de bronceado. Ante cualquier duda, consulte al personal médico.
- Antes de la sesión elimine los productos cosméticos que pueda llevar puesto y no se aplique ningún filtro solar.
- Utilice gafas de protección apropiada durante las sesiones.
- No se exponga a la radiación del centro de bronceado y a la radiación solar el mismo día.
- Respete, al menos, 48 horas entre las dos primeras exposiciones.
- Si aparecieran manchas, ampollas, heridas o enrojecimiento, acuda al personal médico.
- Si tuviera alguna incidencia en materia de consumo, debe saber que los centros de bronceado que presten sus servicios en Andalucía, deben disponer obligatoriamente de las hojas oficiales de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras y usuarias que las soliciten.
- Es recomendable elegir un centro de bronceado que esté adherido al Sistema Arbitral de Consumo, ya que esta circunstancia supone una garantía en la resolución de posibles reclamaciones que se pudieran tener con tal establecimiento.
Si necesita información o asesoramiento en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través de número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.