Recomendaciones sobre consumo colaborativo

En este texto te ofrecemos una serie de recomendaciones a tener en cuenta sobre el consumo colaborativo.

1. El consumo colaborativo se diferencia de la compraventa habitual en que no media el dinero en las transacciones, sino que priman los intercambios o trueques.

2. La normativa de defensa y protección de los consumidores y usuarios sólo regula las relaciones entre consumidores y empresarios, entendiendo por empresario el que actúa en el marco de su actividad empresarial. Por este motivo, no será esta normativa sino el Código Civil el que regule las relaciones entre particulares.

3. Dichos intercambios entran dentro de la esfera de las obligaciones y contratos entre particulares, cuyo cumplimiento o incumplimiento debe protegerse mediante la acción de los Tribunales de Justicia.

4. Asegúrate de que el bien que te interesa tiene las características que se describen en la publicidad.

5. Deja constancia por escrito del intercambio realizado y sus condiciones para disponer de algún documento probatorio del intercambio en caso de incumplimiento del mismo.

6. Introduce en el contrato una cláusula para someter la controversia a mecanismos de resolución extrajudicial deconflictos.

7. Solicita el justificante de compra o ticket, en caso de que exista, para, si fuese necesario, poder reclamar, en caso de que el bien sea defectuoso, los derechos de la garantía, si se encuentra dentro de los plazos legales para ejercitarla.

8. Debes saber que en los casos de incumplimiento de las obligaciones y contratos entre particulares no se puede interponer una Hoja de Quejas y Reclamaciones.

 

Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita vía telefónica, en el número gratuito 900 21 50 80 (horario de atención de lunes a viernes de 8 a 20h y sábados de 8 a 15h excepto festivos nacionales y autonómicos), del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

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