Su objeto es conseguir la necesaria seguridad jurídica para los operadores comerciales y para todos los ciudadanos, así como una mayor claridad y comprensión de la normativa vigente por parte de los interesados. En concreto, se regulan determinados aspectos del etiquetado obligatorio y facultativo de la carne de vacuno, basados algunos en interpretaciones de la Comisión Europea, incluido el de carne de reses de lidia y el de carne de vacuno picada.
Con el fin de evitar tanto la competencia desleal en el sector como posibles confusiones en los consumidores, se establecen las categorías del animal o los animales de que procede la carne en función del sexo y la edad. Asimismo, se regulan de forma detallada las obligaciones de los operadores que son necesarias para garantizar la trazabilidad de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno.