Este decreto pretende regular el derecho a la información y la protección de los intereses económicos de los consumidores cuando compran, en establecimientos comerciales, vehículos usados.
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La compraventa de vehículos de motor y ciclomotores usados constituye una actividad económica importante que afecta a los intereses y derechos de los consumidores y usuarios, por lo que resulta necesario que cuando la transacción no sea entre particulares, es decir, que cuando aquéllos acudan a un profesional, dispongan de una información suficiente sobre las condiciones particulares de dichos vehículos antes de proceder a su adquisición.
Lo dispuesto en este decreto será de obligado cumplimiento para el vendedor, aun en el caso de que la venta se perfeccione fuera del establecimiento comercial, siempre que se realice dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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