Esta norma se aplica a las infracciones relacionadas con la ordenación de la actividad comercial de los productos de la pesca y, particularmente, a infracciones como comercializar especies pesqueras sin contar con las autorizaciones necesarias o en condiciones distintas a las establecidas en dichas autorizaciones; o tener, consignar, almacenar, transformar, distribuir, exponer y vender en cualquiera de las formas previstas legalmente productos pesqueros de talla inferior a la reglamentaria.
También se aplica al transporte de productos pesqueros sin la correspondiente documentación exigida en la legislación vigente; y a la realización de actividades de venta de productos pesqueros en lugar o en forma no autorizadas legalmente o con incumplimiento de los requisitos exigidos.