Con fecha de 16 de junio de 2016 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Ley 3/2016, de 9 de junio, que garantiza la protección de las personas consumidoras en la contratación de préstamos hipotecarios sobre la vivienda.
Esta Ley es aplicable a los contratos de préstamos hipotecarios sobre una vivienda que se formalicen o celebren en Andalucía entre las personas consumidoras y las empresas prestamistas (bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito,…), extendido también a las personas garantes de esa operación de préstamo (personas fiadoras, avalistas, hipotecantes no deudoras, etc.).
El objeto de esta ley es garantizar la protección de las personas consumidoras y usuarias regulando la transparencia y el acceso a la información que se les debe facilitar en la suscripción de préstamos o créditos hipotecarios (en adelante préstamos hipotecarios) sobre una vivienda.
Esta ley entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (es decir, entrará en vigor el día 16 de septiembre de 2016).