Consumo realiza una campaña de inspección para comprobar el etiquetado de los videojuegos

Los servicios de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales están llevando a cabo una campaña de inspección para comprobar el etiquetado de los videojuegos y asegurar que cumple los requisitos que establece la normativa en vigor.
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Los servicios de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales están llevando a cabo una campaña de inspección para comprobar el etiquetado de los videojuegos y asegurar que cumple los requisitos que establece la normativa en vigor. Las inspecciones se incluyen en el plan anual que desarrolla la Junta de Andalucía de acuerdo con las competencias que tiene en materia de consumo, para la defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.

Según establece el calendario de trabajo, en esta campaña se inspeccionan al menos 5 artículos correspondientes a 12 marcas diferentes de videojuegos. En especial se comprueba que el producto esté etiquetado y que se indique su denominación, así como que la información del etiquetado sea clara, legible y aparezca en un lugar visible. Además, debe estar en castellano, y se va a comprobar que figuren las advertencias y recomendaciones sobre el uso del producto, su instalación, mantenimiento, manipulación así como el precio de venta al público, entre otros datos.

En el pasado ejercicio ya se llevó a cabo una campaña de inspección en videojuegos, con la realización de un total de 84 controles en los que se detectaron incumplimientos en 33 casos, lo que supone un 39,28%. Entre los datos más reseñables destaca que no figuraba el domicilio del fabricante, envasador o vendedor establecido en la Unión Europea (25,33% de los productos controlados) o que la información no se expresaba en español (6,57% de los casos).

El incumplimiento de alguna de estas obligaciones se considera una falta leve y lleva aparejada sanciones por importe de entre 200 y 5.000 euros, de acuerdo con la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

Código PEGI

En la presente campaña también se presta especial atención al Código PEGI, un instrumento de autorregulación del sector de videojuegos que facilita información a las personas consumidoras y usuarias sobre contenidos y edades recomendadas para el uso de productos de software de entretenimiento. De este modo, el código permite a las personas consumidoras y usuarias y a padres y educadores obtener información sobre los videojuegos que se venden en España o en cualquier otro país europeo.

Las empresas de videojuegos voluntariamente adheridas al citado código deben ofrecer información sobre la clasificación por edades y contenidos. Respecto a la primera, debe estar representada por símbolos que indiquen si el producto va dirigido a mayores de 3, 7, 12, 16 o más de 18 años.

Por su parte, los contenidos deben distinguir mediante símbolos gráficos si el juego contiene material que pueda favorecer la discriminación, si hace referencia o muestra drogas, así como si puede asustar o provocar miedo a los niños o si puede jugarse en red. Otros símbolos empleados indican si aparecen escenas de desnudos o referencias sexuales, representaciones violentas, si se fomentan los juegos de azar o si el videojuego emplea un lenguaje soez. Para más información sobre el Código PEGI puede consultarse la página Web www.adese.es.

Recomendaciones en la web

La Secretaría General de Consumo está trabajando en una serie de microespacios con recomendaciones que se irán haciendo públicos a través de la plataforma multicanal de Consumo Responde, www.consumoresponde.es, con el apoyo de las redes sociales. Uno de éstos está dedicado a los videojuegos e incluye recomendaciones para hacer una compra responsable de estos productos, que en navidades adquieren gran protagonismo.

Otras recomendaciones de Consumo son que se compruebe la existencia de la etiqueta, en la que debe figurar, en castellano, tanto la denominación del producto como el nombre o razón social y domicilio del fabricante, envasador o vendedor establecido en la Unión Europea. Además, se aconseja elegir el videojuego en función de su contenido y de la edad del usuario.

Finalmente, se aconseja a la persona consumidora que tenga en cuenta que si, al efectuar la compra, el establecimiento no le expide el ticket o factura de compra, debe exigírselo, dado que está obligado a entregárselo. Este comprobante será de gran utilidad si fuera necesario solicitar la devolución del producto. Por último, no olvide que los establecimientos deberán disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel de tal forma que la persona consumidora pueda conocer claramente su existencia. http://www.youtube.com/watch?v=Tg7WKO2Wtg0

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