Decreto 121/2014, de 26 de agosto, por el que se regula el régimen jurídico y el Registro de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía.

Con fecha 29 de agosto de 2014 se publicó en BOJA número 168 el Decreto 121/2014. 26 de agosto, por el que se regula el régimen jurídico y el Registro de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucia.
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La Ley13/2003, de 17 de diciembre , de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, dispone en su artículo 30 que las organizaciones o asociaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía para gozar de los beneficios que dispongan la referida Ley y sus disposiciones de desarrollo deberán, entre otras condiciones, estar inscritas en el Registro Público de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía.

El Decreto 32/1986, de 19 de febrero que regulaba este Registro ha estado vigente más de 25 años y ha sido un instrumento eficaz para la gestion de todo lo relativo a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias, pero que al día de hoy se encuentra desfasado ya que a lo largo de estos años se han producido múltiples cambios que han afectado a las propias asociaciones, a la Administración y a la forma en que la ciudadanía se relaciona con aquélla.

La necesidad de racionalizar y articular el movimiento asociativo y simplificar los procedimientos administrativos que regulen el régimen jurídico de las organizaciones o asociaciones de personas consumidoras y usuarias, así como definir su ámbito de actuación diferenciando distintos niveles y la consideración de organizaciones más representativas, con la finalidad de mejorar la información y las transparencia pública de los procesos en la Administración de la Junta de Andalucía en materia de consumo, aconseja actualizar la información contenida en el Registro de organizaciones y asociaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía, dado el deber de mantener actualizada la información de estas asociaciones y el cumplimiento de sus requisitos.

Por ello es necesario proceder a una nueva regulación del Decreto regulador para dar coherencia al conjunto del sistema normativo en materia de asociacionismo y participación en materia de consumo.

Respecto a la tramitación y resolución de la solicitud de inscripción,  se ha optado por ampliar el plazo a dos meses que se acerca al que establece el Decreto 152/2002, de 21 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía.

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