Reglamento 1234/2007/CE, de 22 octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

Este Reglamento establece una organización común de los mercados de los productos de una serie determinada de sectores, así como unas disposiciones específicas para otras tantas materias.
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Los productos a que se refiere esta norma son cereales, arroz, azúcar, forrajes desecados, semillas, lúpulo, aceite de oliva y aceitunas de mesa, lino y cáñamo, frutas y hortalizas, frutas y hortalizas transformadas, plátanos, vino, plantas vivas y productos de la floricultura, tabaco crudo, carne de vacuno, leche y productos lácteos, carne de porcino, carne de ovino y caprino, huevos, carne de aves de corral, así como otros productos.

Con el fin de estabilizar todos estos mercados y garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, se ha creado un sistema diferenciado de sostenimiento de los precios para los distintos sectores, paralelamente a la implantación de regímenes de ayuda directa, teniendo en cuenta las necesidades de cada uno de estos sectores, por un lado, y la interdependencia de los diferentes sectores, por otro.

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