Reglamento nº 889/2008 de la Comisión de 5 de septiembre de 2008, , sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control

En este texto se define las normas específicas del control y etiquetado de los productos ecológicos, quedando excluidos productos acuicultura, algas, especies ganaderas y levaduras destinadas al consumo humano y animal.
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El Reglamento recoge una serie de definiciones de acuerdo al Reglamento (CE) nº 884/2007, sobre la producción y el etiquetado de productos ecológicos. La definiciones de. “no ecológico”, “medicamentos veterinarios”, “importador”, “primer destinatario”, “explotación”, “unidad de producción”, “producción hidropónica”, “tratamiento veterinario”y “piensos en conversión”.

También legisla sobre la producción, transformación, envasado, transporte y mantenimiento de los productos ecológicos, además de los productos transformados.

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