Un 57% de las promociones de venta y alquiler de vivienda presenta algún tipo de infracción contra los consumidores

Los Servicios de Consumo de la Junta de Andalucía han realizado, dentro de la campaña de control de empresas de compraventa y arrendamiento de viviendas del año 2014, casi 300 actuaciones para analizar el grado de cumplimiento de la normativa de venta y alquiler de vivienda.
Un bloque de pisos

Los Servicios de Consumo de la Junta de Andalucía han realizado, dentro de la campaña de control de empresas de compraventa y arrendamiento de viviendas del año 2014, 287 actuaciones para analizar el grado de cumplimiento de la normativa de consumo. En total, se han levantado 162 actas positivas, lo que supone un 57% de incumplimiento. Además, el 39% de las promociones donde se recogen cantidades a cuenta, éstas no estaban avaladas o aseguradas individualmente para cada comprador, si bien este número supone una bajada respecto al año anterior.

La campaña de 2014 centró sus esfuerzos en el control de bancos y cajas de ahorro, inspeccionado especialmente promociones de estas entidades. Así, se detectó que de 58 revisadas, un total de 46 (79%), incumplían algún aspecto de la normativa. Unos datos que obligan a que se mantenga el control en la campaña de 2015 que se inicia ahora.

Este Plan de Inspección sobre la Información en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas, que se llevará a cabo hasta diciembre, está dirigido a inspeccionar a empresas y gestores inmobiliarios, promotoras y constructoras, en la venta, promoción y publicidad en el arrendamiento y compraventa de viviendas, independientemente de que éstas se encuentren en proyecto, en construcción o ya construidas. En el caso de las que se encuentran en proyecto o construcción se controlarán fundamentalmente Viviendas de Protección Oficial.

Los objetivos de este plan pasan por conocer la situación del sector y las características de las ofertas, promociones y publicidad que en materia de compraventa y arrendamiento de viviendas se están llevando a cabo, así como el grado de cumplimiento de las preceptivas autorizaciones y control de documentos administrativos (inscripción en el Registro Mercantil, licencias de obra o de primera ocupación, etc.) o el grado de cumplimiento de la normativa en cuanto a la información que se le facilita a las personas consumidoras sobre datos generales y concretos de la vivienda objeto de venta, precio, condiciones de pago, garantías de las cantidades entregadas a cuenta en vivienda que no se encuentren totalmente terminadas, responsabilidades y garantías de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, etc.

A efectos de verificar debidamente que se facilita esta información a las personas consumidoras, los inspectores comprobarán que el contenido de los contratos de compraventa firmados se ajusta a las exigencias de la normativa. También se encargarán de verificar que el bien que se pretende vender corresponde efectivamente a la oferta que se está realizando, así como que la coincidencia de sus características se refleja debidamente en la información previa y en los contratos de compraventa.

Igualmente, los inspectores de consumo comprobarán que, en el caso de realizar la inspección de viviendas en proyecto o en construcción, existen avales individuales tanto en VPO como en Vivienda libre y si se pone a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética, que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio, toda vez que esta información se debe incluir en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. 

Además de otros aspectos, también se verificará la información sobre certificaciones energéticas en oferta de viviendas de páginas webs de plataformas de intermediación inmobiliaria.

Recomendaciones

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud recomienda al consumidor verificar que, cuando esté prevista la entrega de dinero antes de iniciar la construcción de la vivienda o durante la misma, en la oferta, promoción y publicidad para la venta o arrendamiento de viviendas se mencione expresamente que las cantidades anticipadas se garantizarán conforme a ley, el nombre de la entidad garante, número de la póliza correspondiente, la existencia de una cuenta bancaria especial y exclusiva para los ingresos y su código cuenta cliente y que se indique si el dinero se entregará como señal, como parte del precio o como parte del precio y señal.

Es conveniente pedir el Documento Informativo Abreviado (D.I.A.) en viviendas nuevas o la ficha informativa en viviendas de segunda mano, donde le deben indicar, de una forma estructurada y comparable con otras ofertas, toda la información necesaria para que cualquier persona pueda hacer una compra segura (datos de la empresa, la promoción, la vivienda, planos, precios y otras cargas, calidades, información sobre el contrato, etc).

Es recomendable también guardar la publicidad de las ofertas, las condiciones relativas a la construcción de la vivienda, ubicación, servicios e instalaciones, adquisición, utilización y pago que se incluyan en la publicidad: serán exigibles en todo caso por el consumidor, incluso aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado. Cuando firme la escritura de una vivienda, conserve junto a ella toda la documentación que le hayan facilitado antes de la compra. La venta de Viviendas de Protección Oficial también debe cumplir con todos los requisitos que se han enumerado anteriormente.

Hay que solicitar siempre la nota explicativa sobre el precio y formas de pago: incluye la información sobre el precio total de la vivienda, e indica los tributos y otros gastos, formas de pago, etc., y en ella tiene que quedar constancia escrita de que se le ha entregado, ya que constituye el documento de prueba de que se le ha facilitado dicha documentación.

Si tiene alguna duda o consulta, el consumidor puede acudir a las autoridades de consumo para solicitar una mayor información. En www.consumoresponde.es encontrará toda la información sobre éste y otros servicios. Además, la Dirección General de Consumo pone a disposición del consumidor el teléfono gratuito 900 21 50 80 para cualquier consulta.

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