A) AMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN
La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios de Consumo provinciales en colaboración con los Inspectores de Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y está dirigida a comprobar la adecuación de los establecimientos a la normativa que regula las rebajas, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, a nivel estatal, y el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, y la normativa de aplicación en materia de consumo, todo ello sin perjuicio de vigilar otras cuestiones que puedan surgir en el transcurso de la inspección.
A pesar de que los periodos de rebajas se han liberalizado, las actuaciones se desarrollarán principalmente de enero a marzo, para las rebajas de invierno, y de julio a agosto, para las de verano, sin perjuicio de que, si se detectase que los comercios inician las rebajas con anterioridad a esta fecha, se pongan en marcha las actuaciones de inspección con antelación.
B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR
Los objetivos de esta campaña son los siguientes:
- Mejorar la transparencia del mercado, y con ello la información que llega a las personas consumidoras, en la venta en rebajas.
- Comprobar el efectivo cumplimiento de las normas que regulan este tipo de ventas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1996, de 15 de enero, y en el Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo.
- Obtener información sobre el grado de adaptación del sector a la normativa vigente.
C) NÚMERO DE CONTROLES
De acuerdo con los objetivos previstos, por los Servicios de Consumo provinciales se revisarán al menos de 1.108 establecimientos, efectuando el control sobre todo tipo de comercios que puedan ser incluidos en el ámbito de actuación de la campaña, cualquiera que sean los productos comercializados.
Del total de establecimientos a inspeccionar, se realizará una precampaña en un 10% de dichos establecimientos para comprobar que los productos que están dispuestos para la venta previamente al inicio de la temporada son los mismos que se venderán después, así como para constatar que se ha producido una efectiva disminución en el precio de venta al público de los mismos.
D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN
Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.
Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.
E) NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
- Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
- Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
- Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
- Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.
F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES
En relación con la campaña de inspección de rebajas 2015, se realizaron en toda Andalucía 1.485 actuaciones inspectoras en un total de 1.174 comercios, habiéndose levantado 165 actas positivas, lo que supone un 11% del total.
Respecto a los resultados obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observan en la obligación de exhibir junto al precio habitual, el precio rebajado; no indicar la fecha de comienzo y final de las rebajas, y no estar suficientemente identificados y diferenciados los productos rebajados de los que no lo están cuando no afecta a la totalidad de los artículos.
G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA