Consumo recomienda conservar la documentación de las reservas hoteleras realizadas para Semana Santa

No hay que presentar una PCR para reservas y alojamientos
Cama de hotel y maleta
Reservas hotelera de Semana Santa

Ante la llegada de la Semana Santa, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recuerda que, en los viajes turísticos, aunque estos se produzcan dentro de la propia provincia, es conveniente conservar adecuadamente toda la documentación asociada a la reserva del alojamiento hotelero o de turismo rural por si fuera necesario interponer alguna reclamación.

A efectos legales, los requisitos a exigir a estos establecimientos son los mismos que antes de la pandemia y para los alojamientos dentro de la comunidad autónoma no son requeridas pruebas PCR. Permanece el cierre perimetral de las ocho provincias de Andalucía y el de los municipios cuya incidencia acumulada supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes. Las personas que esquíen pueden viajar a Sierra Nevada si no lo hacen desde un municipio con restricciones de movilidad.

Si la reserva se ha realizado por Internet, es conveniente imprimir la confirmación de la misma, que tiene el mismo valor que el contrato que se firma en una reserva presencial, y llevarla consigo al llegar al hotel. Asimismo, también es importante conservar todas las posibles comunicaciones que se hayan mantenido a la hora de realizar la reserva, como correos electrónicos o acuses de recibo, así como la documentación que pudiera existir sobre promociones, descuentos u otros similares, ya que la publicidad tiene valor contractual.

En caso de alguna incidencia con el hotel o la plataforma de reservas, o si lo contratado no se corresponde con la realidad, se podrá presentar una hoja oficial de quejas y reclamaciones de la Junta de Andalucía. Se debe tener en cuenta que, si la reserva se ha realizado a través de una agencia de viajes, la reclamación se debe interponer ante la misma agencia. Si la reserva se ha contratado con el hotel se debe interponer la reclamación ante el establecimiento, y si se ha contratado a través de una web se deberá reclamar ante la plataforma cuando el problema tenga relación con el funcionamiento de la misma, y ante el hotel directamente cuando la incidencia tenga relación con el servicio prestado o sus instalaciones.

En todo caso, la empresa reclamada deberá responder por escrito en el plazo máximo de 10 días hábiles, proponiendo una solución al conflicto en caso de que la haya o justificando que no la ofrezca. Si la empresa no responde en el plazo indicado o la respuesta no fuera satisfactoria para la persona reclamante se podrá trasladar la reclamación a la Administración. Para ello, se deberá acudir a la OMIC o servicio municipal de consumo del lugar de residencia de la persona reclamante, o en su caso, al servicio provincial de consumo correspondiente.

Si el problema está relacionado con algún aspecto eminentemente turístico, como la clasificación o categoría hotelera, cuestiones de higiene, limpieza, falta de distintivos o señalización, admisión de reservas en exceso, clandestinidad del servicio, etc., la reclamación o la denuncia deberá ir dirigida a la autoridad turística de la Comunidad Autónoma en la que esté radicado el establecimiento hotelero.

Documentos, Cancelaciones y Horarios

Se ha de recordar igualmente que, a toda persona usuaria, en el momento de su recepción, como requisito previo a hacer uso de la unidad de alojamiento, le será entregado el documento de admisión en el que consten los datos de la reserva. De igual forma, la empresa hotelera debe haber informado a la persona usuaria, antes de contratar, sobre las condiciones de cancelación de la reserva.

Durante esta Semana Santa el toque de queda se ha atrasado una hora, pasando a ser desde las 23:00 a 06:00 en toda la región y se ha ampliado el horario de apertura de bares, restaurantes y comercios hasta las 22:30 horas, excepto en los municipios con más de 1.000 casos de COVID por 100.000 habitantes. Las reuniones han de ser de seis personas máximo en exteriores y de cuatro dentro de los establecimientos hosteleros y en espacios privados.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles en las redes sociales Twitter (@consumoresponde) y Facebook (www.facebook.com/consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Familias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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