Cómo adherirse al Sistema Arbitral de Consumo

Las empresas o profesionales pueden solicitar la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, pudiendo para ello utilizar el formulario existente para tal fin.

El arbitraje de consumo es un servicio público a través del cual se pretende ofrecer una resolución de controversias de consumo de forma extrajudicial, gratuita, vinculante e imparcial, entre personas consumidoras y empresas o profesionales, de tal forma que lo que se decida adopta la forma de laudo arbitral que obliga a las partes en conflicto. 

El arbitraje de consumo, como uno de los sistemas de resolución extrajudicial de conflictos de consumo, muestra como ventajas: ser un procedimiento voluntario; es de resultados vinculantes; y es rápido, eficaz, gratuito y ejecutivo.

Sólo pueden ser objeto de arbitraje de consumo los conflictos de consumo surgidos entre las personas consumidoras y las empresas o profesionales, con relación a los derechos que, legal o contractualmente, les sean reconocidos a dichas personas consumidoras, por lo que, no todo puede ser tramitado a través del arbitraje de consumo. De hecho, no puede ser objeto de arbitraje de consumo:

  • Los conflictos que versen sobre intoxicación, lesión o muerte.
  • Los conflictos en que existan indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de ellos.
  • Las controversias referidas a servicios públicos de interés general, no económicos o prestacionales, facilitados por las administraciones públicas.

El Sistema Arbitral de Consumo queda integrado por las Juntas Arbitrales de Consumo, los órganos arbitrales (unipersonales o árbitro único; o colegiados), la Comisión de las Juntas Arbitrales de Consumo y el Consejo General del Sistema Arbitral de Consumo.

 

Cómo se pueden adherir las empresas al Sistema Arbitral de Consumo.

Para que las empresas o profesionales puedan adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, podrán utilizar el formulario de adhesión al mismo.

Dónde obtener la solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

La solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo puede ser obtenida:

Cómo podrá presentarse la solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo.

Una vez obtenida y cumplimentada, la solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo podrá ser presentada de las siguientes formas:

  • De manera presencial (sólo para personas físicas):

A través del oportuno registro público de documentos dirigida a la Junta Arbitral de Consumo que corresponda (autonómica, provincial o, en su caso, municipal).

En la misma sede de la Junta Arbitral en cuestión, o a través de los Servicios Provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía u Oficinas Municipales de Información al Consumidor.

Podrá cumplimentar la solicitud de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo en su ordenador, guardarla y enviarla adjunta a través de la denominada Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía, para lo cual necesitará certificado electrónico instalado en el navegador de Internet.

IMPORTANTE A TENER EN CUENTA CON RESPECTO A LAS SOLICITUDES DE ADHESIÓN AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.

  • No se puede solicitar la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo a través del teléfono gratuito 900 21 50 80 ni del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ya que dichos cauces están diseñados para realizar consultas genéricas y específicas en materia de consumo, no pudiendo recibirse en los mismos quejas, reclamaciones, denuncias, solicitudes de arbitraje, y similares.
  • Si una persona consumidora solicita un arbitraje de consumo contra una empresa que SÍ está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, la empresa deberá someterse de manera obligatoria al mismo.
  • Si una persona consumidora solicita un arbitraje de consumo contra una empresa que NO está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, esta podrá aceptar o no el arbitraje solicitado, ya que el arbitraje de consumo es un procedimiento voluntario.
  • En la celebración de los arbitrajes de consumo el órgano arbitral designado para conocer del asunto concreto, intervendrá de manera objetiva e independiente, sin actuar en defensa de ninguna de las partes.

 

Listado de empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.

Puede consultar el listado de empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo en Andalucía

Accediendo al enlace anterior, se puede hacer uso de un buscador, así como ver los datos de las diferentes empresas adheridas distribuidos en 5 columnas (distintivo, CIF, Razón Social, Grupo de Actividad y Nombre Comercial).

 

Cómo renunciar al Sistema Arbitral de Consumo.

La presentación de la renuncia ante la junta Arbitral de Consumo oportuna podrá hacerse:

  • De manera presencial:

A través del oportuno registro público de documentos dirigida a la Junta Arbitral de Consumo que corresponda (autonómica, provincial o, en su caso, municipal).

En la misma sede de la Junta Arbitral en cuestión, o a través de los Servicios Provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía u Oficinas Municipales de Información al Consumidor.

  • De manera electrónica:

Podrá cumplimentar la renuncia en su ordenador, guardarla y enviarla adjunta a través de la denominada Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía, para lo cual necesitará certificado electrónico instalado en el navegador de Internet.

 

Descarga de documentos y formularios.

Además de las menciones realizadas a lo largo del texto, a continuación se facilitan diferentes enlaces para la descarga de formularios y documentos de interés:

 

Enlaces de interés.

Preguntas frecuentes sobre quejas y reclamaciones de consumo.

Se trata de una serie de preguntas frecuentes sobre arbitraje de consumo, con la finalidad de resolver las dudas y consultas más habituales en esta materia.

El Sistema Arbitral de Consumo: qué es y cómo se organiza.

Para ampliar la información y, de esta forma, conocer en qué consiste el Sistema Arbitral de Consumo y cómo se organiza.

Adhesión de empresas y profesionales al Sistema Arbitral de Consumo.

Consulte, como empresa o profesional, la información completa sobre las solicitudes de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo (el formulario de solicitud, dónde se puede obtener y cómo se puede presentar, el listado de empresas adheridas en Andalucía, las ofertas públicas de adhesión, la renuncia al Sistema Arbitral de Consumo, el distintivo oficial que han de exhibir las empresas adheridas y un decálogo de recomendaciones a empresas y profesionales con relación a la adhesión).

El laudo arbitral de consumo.

Se trata de información básica sobre el laudo arbitral, resolución dictada por el órgano arbitral que da solución al conflicto planteado.

La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía es el órgano administrativo arbitral de la Junta de Andalucía encargado de la gestión del arbitraje de consumo en Andalucía.

Las Juntas Arbitrales de Consumo municipales.

Aquí se puede consultar el papel que desempeñan los municipios en el Sistema Arbitral de Consumo.

Encuentros Técnicos de Juntas Arbitrales de Consumo de Andalucía.

Desde el año 2012, se vienen celebrando los Encuentros Técnicos de Juntas Arbitrales como foro para una mejor cooperación de todas las Juntas Arbitrales de Consumo existentes en Andalucía.

 

Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos), así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

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