Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea

Esta ley regula la navegación aérea nacional, en todo caso, y la internacional sobre territorios de soberanía española, y se aplicará a la navegación aérea militar cuando se disponga expresamente.
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Aprobada para actualizar la ley de 1947, en ella se incluyen normas positivas para desarrollar y fomentar la navegación aérea, al tiempo que se implanta una regulación más genérica y flexible.

En esta nueva reglamentación también se introducen otras modificaciones esenciales, como las referidas a la responsabilidad en caso de accidente.

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