Mediante esta norma se deroga la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercialización de caramelos, chicles, confites y golosinas.
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Este real decreto se aplica sin perjuicio de las normas sanitarias y otras disposiciones específicas que afecten a la producción y comercialización de los caramelos, chicles, confites y golosinas.
En él se recogen las diferentes definiciones de caramelos, chicles, confites y golosinas; los tipios de ingredientes y su calidad y cómo y qué debe aparecer en el etiquetado de dichos productos
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