Décimos falsos o deteriorados y ‘phishing’: cómo evitar sorpresas desagradables con la Lotería de Navidad

Consumo Responde señala una serie de sencillas recomendaciones para comprar décimos con seguridad, sea a título individual o compartido
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Ante la cercanía de las fiestas navideñas, se multiplica la venta de décimos de la Lotería de Navidad (sorteo del día 22 de diciembre) y del sorteo de ‘El Niño’ (6 de enero), ambos de la Lotería Nacional, y desde la Dirección General de Consumo se hace hincapié en una serie de recomendaciones para participar con seguridad y evitar posibles conflictos.


Consumo destaca la importancia de adquirir los décimos en lugares autorizados –sea en el mismo establecimiento o a través de internet–, es decir, en Administraciones de Loterías. Cada año, se producen situaciones relacionadas con décimos falsos, en apariencia casi idénticos a los originales, que no cuentan con logos, códigos o cualquier otro elemento de verificación. En este sentido debe desconfiarse si, en cualquier establecimiento, nos venden un décimo a un precio inferior.


Debemos conservar el décimo en buen estado, ya que un billete deteriorado o estropeado podría acarrear dificultades a la hora de cobrar un posible premio. En el caso de que el décimo (premiado) presentara algún deterioro, lo más recomendable es llevarlo a una Administración de Loterías. El establecimiento remitirá el décimo a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que lo revisará y determinará si se puede cobrar el premio. 


Si hemos sido agraciados con premios inferiores a 2.000 euros, estos décimos se podrán cobrar a partir del día siguiente en los distintos puntos de venta. Si el premio fuera igual o superior, la persona debe acudir a las entidades financieras habilitadas. En el caso de participaciones se debe acudir para el cobro a la persona física o jurídica que lo haya vendido pues esa venta de participaciones es un contrato entre particulares.


Si el décimo es compartido, es fundamental realizar una fotocopia, donde deberán añadirse los datos y la firma de las personas participantes, así como la cantidad que juega cada una de ellas. Si ese décimo compartido resultara premiado, el importe exento de impuesto se calcularía en función del número de personas que comparten el premio, de forma que se aplica el límite exento por cada una de ellas. Para proceder al cobro, es importante identificar a cada persona para que el reparto no se considere una donación. Asimismo, es recomendable que en la fotocopia se indique quién es el depositario del décimo. Hay que recordar que el mínimo exento de impuestos se sitúa en 40.000 euros, de forma que el gravamen aplicable para premios superiores a dicha cantidad se sitúa en el 20%.


El cobro de los décimos premiados debe realizarse dentro de un plazo de 3 meses desde la celebración del sorteo.


Desde Consumo también se hace hincapié en que debemos tener mucha precaución en las redes, ya que podríamos ser víctimas de ciberdelincuentes, por ejemplo, con casos de phishing. Por ello, debemos desconfiar de mensajes, especialmente correos electrónicos, donde se nos comunique que hemos ganado un determinado premio, ya que con total probabilidad se trate de una estafa. Tal y como ocurre con otros organismos, se suplantan los logotipos y la web oficial de Loterías y Apuestas del Estado para hacerse con datos sensibles. Debemos eliminar inmediatamente el correo, sin pinchar en ningún enlace. El mejor modo de comprobar el décimo es acudir directamente a la web de Loterías y Apuestas del Estado, así como en los medios de comunicación (sobre todo prensa escrita y digital), y en las propias administraciones de lotería.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es,y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram @consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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