Todas las personas titulares de actividades que comercialicen bienes o presten servicios en la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán tener las hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras y usuarias en sus centros y establecimientos, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I del Decreto 72/2008, de 4 de marzo. Este modelo ha ido actualizándose periódicamente, la última vez mediante Orden de 26 de julio de 2013.
El Decreto 72/2008, de 4 de marzo permite la libre edición, distribución y comercialización de las Hojas de Quejas y Reclamaciones fijando sus características básicas por lo que resulta necesario fijar con detalle las características técnicas que han de reunir para que la libertad de edición, distribución y comercialización sea efectiva. Todo ello sin menoscabo de los derechos de las personas consumidoras y usuarias.