El objetivo de esta orden es aprobar la regulación, con carácter general, del servicio de transporte urbano e interurbano de viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor.
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Los servicios a que se refiere este reglamento son Auto-taxis (prestan servicios medidos por contador taxímetro), Auto-turismos (prestan servicios como norma general sin contador taxímetro) y Especiales o de abono (prestan servicios diferentes a los de las clases anteriores, ya sea por su mayor potencia, capacidad, lujo, dedicación, finalidad, etc...).
Sin contradecir las normas de este Reglamento, las Entidades Locales podrán aprobar la Ordenanza reguladora de este servicio al público, teniendo en cuenta las circunstancias y peculiaridades de los núcleos urbanizados de su territorio jurisdiccional.
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