Aprovechamiento por turnos
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Fecha de Creación: 10/04/2023
Fecha de modificacion: 13/11/2023
El régimen de aprovechamiento por turno cubre no solo los contratos de alojamiento sobre bienes inmuebles, sino también, por ejemplo, los contratos relativos a un alojamiento en embarcaciones y caravanas. No incluye, en cambio, los contratos de alquiler de terrenos para caravanas, ni reservas plurianuales de una habitación de hotel.
Fecha de Creación: 10/04/2023
Fecha de modificacion: 12/04/2023
En los anuncios y ofertas que se exhiban en los establecimientos abiertos al público, así como en las comunicaciones comerciales sobre contratos de aprovechamiento por turno, debe constar dónde puede obtenerse la oportuna información precontractual.
Fecha de Creación: 10/04/2023
Fecha de modificacion: 12/04/2023
El régimen de aprovechamiento por turno deberá ser constituido por la persona propietaria registral del inmueble, para lo cual deberá realizar una serie de actuaciones que serán descritas a continuación.
Fecha de Creación: 10/04/2023
Fecha de modificacion: 12/04/2023
En los contratos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico la persona consumidora goza del derecho de desistimiento sin necesidad de justificación alguna.
Fecha de Creación: 16/02/2015
Fecha de modificacion: 22/03/2023
La persona consumidora dispondrá de varios medios de hacer valer sus derechos con relación al régimen de aprovechamiento por turnos de bienes de uso turístico