Consumo inspeccionará más de un millar de establecimientos durante la temporada de rebajas de invierno y de verano

Con estos controles, la Junta pretende garantizar los derechos de las personas consumidoras al realizar compras de productos rebajados

    La Secretaría General de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, a través de sus servicios provinciales y en colaboración con los Inspectores de Comercio de la Consejería de Turismo y Comercio, va a realizar un total de 1.108 inspecciones en establecimientos durante la temporada de rebajas de invierno y de verano. De este modo, se pretende reforzar las garantías de las personas consumidoras, mejorar la transparencia del mercado y comprobar si se cumple la normativa vigente que se aplica a la venta de productos rebajados.    Las primeras inspecciones correspondientes a la precampaña de rebajas de invierno se iniciarán esta semana y se prolongarán hasta el próximo 7 de enero, fecha en que se activará la segunda parte de la campaña que se extenderá hasta el 7 de marzo próximo. Por su parte, los otros controles se desarrollarán entre el 1 de julio y el 31 de agosto, coincidiendo con la campaña de verano.    En ambos casos, las actuaciones se centrarán tanto en grandes superficies como en comercios minoristas que vendan todo tipo de producto rebajado. No obstante, los primeros controles de precampaña, que se realizarán esta semana, tendrán como prioridad los electrodomésticos, calzado y textiles, además de otros artículos. En especial, se controlarán aquellos comercios que hayan acumulado un mayor número de reclamaciones durante este año.    En las actuaciones, los inspectores de la Junta comprobarán que realmente se ha producido una disminución en el precio de venta al público y que se trata de los mismos productos que estaban a la venta un mes antes del inicio de las rebajas, así como que se admiten los mismos medios de pagos que antes de iniciarse estas ventas.    Otro de los aspectos que se controlará es si se mantiene el mismo criterio para las devoluciones, puesto que la legislación vigente no obliga a aceptar la devolución del producto, salvo que sea defectuoso. Por tanto, es una decisión voluntaria del empresario, quien podrá establecer las condiciones que considere oportunas siempre que no sean abusivas o contrarias a los derechos de las personas consumidoras. No obstante, si el establecimiento admite devoluciones fuera de temporada de rebajas, debe mantenerlas en este periodo, aunque puede modificar los plazos, siempre que lo indique de forma clara y visible.    Igualmente se comprueba si se anuncia en el escaparate de forma genérica la venta en rebajas; las fechas de comienzo y final de las mismas; si el 50% o más de los productos expuestos tienen rebajado su precio, así como si están debidamente identificados y separados del resto para evitar confusiones. Asimismo, se verificará si los productos exhiben, junto al precio habitual y sin superponerlo, el rebajado, sin que pueda sustituirse por una indicación de descuento en porcentaje.    La Junta de Andalucía realiza inspecciones a largo de todo el año, que se ven reforzadas con actuaciones concretas en función de la temporada. En el caso de las rebajas se intensifican en las épocas tradicionales de estas ventas, aunque no existe limitación temporal y pueden realizarse a lo largo del año, tras la modificación de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista. En este sentido, la norma establece que cada comerciante podrá decidir libremente la duración de las ventas, que  podrán desarrollarse en los periodos estacionales de mayor interés comercial según su criterio.Balance  2013    En el periodo de 1 de enero a 16 de diciembre último, se han inspeccionado 1.688 comercios con un resultado de 2.099 actas --un mismo establecimiento puede ser objeto de varias inspecciones-- de las que 193 han resultado positivas a irregularidades o incumplimientos (9,2% del total de actas).    Los principales incumplimientos detectados son no mostrar el precio rebajado junto al habitual (5,3%), no indicar la fecha de inicio y fin de las rebajas (3,2%), no contar con al menos el 50% de los artículos rebajados y no distinguir los productos rebajados de los que no lo están, en ambos casos con un porcentaje del 2,4%.Recomendaciones        La Junta de Andalucía, a través de la Secretaría General de Consumo, recuerda a las personas consumidoras que antes de efectuar una compra tengan en cuenta una serie de consideraciones como que los productos ofertados deben ser los mismos que los vendidos en periodos ordinarios, sin que ello suponga una disminución de la calidad pero sí del precio. El producto debe indicar el precio inicial y rebajado sin superponerlo, no bastando con publicitar el porcentaje de descuento.Además debe tenerse en cuenta que el establecimiento, al anunciar la venta en rebajas, está obligado a disponer de existencias del artículo rebajado durante el periodo anunciado. Igualmente, para que el establecimiento anuncie rebajas debe tener rebajados más de la mitad de los artículos dispuestos para su venta en esta condiciones. En el interior del establecimiento deben estar claramente diferenciados los artículos rebajados de los que no lo están.Por último, se recomienda a las personas consumidoras y usuarias que pidan  siempre factura de las compras que realicen y que denuncien las prácticas o infracciones que les afecten. En este sentido, se recuerda también desde la Junta que todos los establecimientos están obligados a disponer de hojas de reclamaciones, y de su cartel anunciador, ya que su inexistencia es motivo de sanción.

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