La Ley de tasas judiciales supone un retroceso en la protección de personas consumidoras y usuarias frente a las grandes empresas

La Junta denuncia la "privatización del régimen jurídico del arbitraje de consumo" que promueve la nueva normativa del GobiernoLa Secretaría General de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales rechaza las nuevas tasas judiciales aprobadas por el Estado  porque suponen un retroceso en la protección de personas consumidoras y usuarias frente a las grandes empresas. Además, van a afectar "negativamente" a la ciudadanía en general y muy especialmente al sistema arbitral de consumo, un servicio público que, en colaboración con las organizaciones empresariales y de personas consumidoras, permite la resolución de las reclamaciones de manera rápida, sencilla, efectiva y gratuita para los usuarios.Por el contrario, a partir de la entrada en vigor de la Ley 10/2012, quienes pretendan ejecutar judicialmente un laudo favorable que la empresa se niega a cumplir, deberá abonar una tasa mínima de 200 euros, cantidad estipulada para la ejecución de laudos en vía judicial civil.En la práctica, según la Junta, esto supone que, por ejemplo, en un laudo estimatorio contra una compañía de telefonía por el cobro indebido de una tarifa por una cuantía de 100 euros, si la empresa no cumple voluntariamente dicho laudo, la persona consumidora deberá solicitar judicialmente la ejecución del mismo y pagar 200,5 euros en concepto de tasas judiciales para poder plantear la demanda de ejecución en el juzgado de primera instancia. Es decir, para que se le devuelvan los 100 euros a los que tiene derecho tendrá que pagar 200,5 euros.Por contra, si acude directamente a la vía judicial, que es incompatible con la arbitral, estará eximido del citado pago, ya que una de las exenciones objetivas de la tasa es para los procedimientos monitorios o verbales de cuantía inferior a 2.000 euros.Desventaja de la ciudadaníaPor tanto, esta medida sólo beneficia a las grades empresas que son las que más conflictos tienen con los consumidores por el reclamo de pago de pequeñas cuantías pero que a lo largo del año les reportan millones de euros. Las consecuencias de la aplicación de la tasa se dejarán notar especialmente en reclamaciones relacionadas con la telefonía, con una cuantías medias de unos 70 euros, o el sector energético, donde a veces se reclaman correcciones en las facturas mensuales de pocos euros.En consecuencia, la nueva regulación aprobada por el Gobierno español tiene un claro beneficiario: las grandes empresas que realicen cobros indebidos o presten un mal servicio pues, aún siendo condenadas por un laudo arbitral, su actuación quedaría impune si deciden incumplirlo al no compensar al consumidor reclamar judicialmente la efectividad del derecho. Frente a esta ganancia millonaria injusta de las empresas incumplidoras se sitúa la parte débil: la persona consumidora, que ve como aún llevando razón y obteniendo un laudo favorable su derecho queda en papel mojado.La Secretaría General de Consumo advierte que la exigencia de una tasa hará la justicia, arbitral o judicial, inaccesible y obligará a "muchísimos ciudadanos y ciudadanas" a renunciar a reclamar sus derechos dado que el mecanismo para ello tiene, en la mayoría de los casos, un coste superior a la de la propia cantidad reclamada. En este sentido, Consumo recuerda que, en la actualidad y siendo gratis el procedimiento, no deja de ser un proceso gravoso debido a la desigualdad y la falta de reciprocidad existente entre las personas consumidoras y usuarias y las empresas.Además, el cobro de un determinado importe será "claramente un elemento disuasorio" cuando se pretenda acudir a la vía del arbitraje para solventar conflictos lo cual entra en flagrante contradicción con las normas de la Unión Europea, que pretenden fomentar el arbitraje y la mediación en consumo como mecanismos alternativos a la vía judicial con el fin de descargar a jueces y tribunales del enorme volumen de asuntos que soportan.'Privatización del arbitraje'La Secretaría de Consumo, por otra parte, denuncia lo que supone la "privatización del régimen jurídico del arbitraje de consumo", según la nueva regulación del servicios que está elaborando el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.En este sentido, representantes de la Junta y de las organizaciones de consumidores y empresarios han estudiado el texto y formulado alegaciones, así como una serie de propuestas alternativas.Entre los aspectos con los que no coinciden con el Estado y así lo denuncian, está el hecho de que la nueva regulación permitirá que los árbitros que presidan los arbitrajes puedan ser personas ajenas a la administración y la eliminación del principio de gratuidad y de audiencia, limitando el acceso al arbitraje en función de la cuantía reclamada. De este modo, quedará a elección del presidente de la junta arbitral si procede o no actuar cuando la reclamación sea inferior a 50 euros.Otros aspectos que rechaza la Junta es que no se fijan plazos a la Comisión de Juntas Arbitrales de Consumo para resolver los conflictos y que el presidente de la Junta Arbitral es el que tiene la última palabra en cuanto a la aceptación o no de la práctica de pruebas que el órgano arbitral considere necesarias para resolver un asunto.Servicio PúblicoFrente a estas propuestas de la Administración del Estado, la Junta defiende y apuesta por que el Sistema Arbitral de Consumo se conciba como un Servicio Público a disposición de la ciudadanía para la resolución extrajudicial de los conflictos que pudieran surgir en este ámbito, en colaboración con las organizaciones empresariales y de personas consumidoras.Para la administración andaluza, el Sistema Arbitral de Consumo debe fundamentarse, entre otros principios, en un servicio público de calidad, eficiencia, eficacia, gratuidad, igualdad y buena fe. Igualmente, reitera su rechazo a que una solicitud de arbitraje pueda ser inadmitida o excluida de su tramitación por razón de la cuantía.    En el escrito de alegaciones que la Junta ha presentado al Ministerio de Sanidad, se recuerda que la mediación en consumo es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según establece su Estatuto de Autonomía, y por ello rechaza su regulación en la norma que se pretende aprobar. Asimismo, exige que se descentralice la gestión del Sistema Arbitral y se creen Comisiones Autonómicas de Arbitraje de Consumo, que tengan competencia para resolver recursos y emitir informes, entre otras funciones.    Por último, defiende el "papel fundamental" que juegan los árbitros en el Sistema Arbitral y exige que, como tal, se reconozca. Igualmente, apuesta por una regulación homogénea de la responsabilidad y régimen de los árbitros.

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