Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales

El objetivo de la presente regulación básica es promover unas adecuadas condiciones de competencia en el sector y contribuir a mejorar la eficiencia en la distribución comercial minorista.
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Asimismo, busca lograr un adecuado nivel de oferta para los consumidores y ayudar a conciliar la vida laboral y familiar de los trabajadores del comercio. En este sentido, esta norma permitirá que cada Comunidad Autónoma adecue su régimen de horarios a las características y al modelo de comercio de cada una de ellas.

Dentro del marco definido por esta Ley y por el que, en su caso, desarrollen las Comunidades Autónomas, cada comerciante determinará con plena libertad el horario de apertura y cierre de sus establecimientos comerciales de venta y distribución de mercancías, así como los días festivos de apertura y el número de horas diarias o semanales en los que ejercerá su actividad.

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