Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios

Este Reglamento establece normas generales en materia de higiene de los productos alimenticios que deben cumplir los operadores de empresas del sector de la alimentación.
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La norma señala al operador de la empresa alimentaria como el mayor responsable de la seguridad alimentaria, dicha seguridad alimentaria debe asegurarse y vigilarse desde la producción primaria, también hace hincapié en una especial atención en aquellos alimentos que no pueden mantenerse a temperatura ambiente como los congelados. Además, deben aplicarse los procedimientos basados en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APCC), de acuerdo a los principios de higiene correctos.

El Reglamento se tendrá en cuenta en todo el proceso de producción, transformación, distribución y exportación de los alimentos, excluyéndose la producción y preparación doméstica privada.

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