Junta denuncia desprotección de las personas afectadas por cláusulas suelo 'abusivas' al no declararse retroactiva la nulidad

La Secretaría General de Consumo critica que la "falta de transparencia" es un requisito ambiguo que puede dejar "indefensas" a las personas consumidoras

La secretaria general de Consumo, Dolores Muñoz, denuncia que, la nulidad de las cláusulas suelo declarada en la reciente sentencia del Tribunal Supremo, en los casos de "falta de transparencia", deja "desprotegidas" a las personas afectadas en su defensa con la entidad bancaria. En la línea de varios pronunciamientos judiciales, Muñoz entiende que las denominadas "cláusulas suelo" son auténticas condiciones generales de la contratación en las que no cabe negociación por la persona consumidora, sino que su aplicación responde a la política discrecional y unilateral de cada entidad.Hacer depender la nulidad de dichas cláusulas suelo de un concepto jurídico indeterminado como es la "transparencia" en un contexto en el que la persona consumidora suele verse obligada a firmar -en no pocas ocasiones sin entender lo que suscribe- o bien a no contratar la hipoteca, supone reducir los derechos de la parte más débil que es la persona consumidora.En este contexto, la secretaria general de Consumo ha subrayado el interés de la Junta por anticiparse en reforzar las garantías y derechos de las personas consumidoras y usuarias que contraten productos hipotecarios en un momento en el que la sociedad se siente, en muchos casos, "desprotegida y víctima de condiciones abusivas" en la contratación de créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda.Además, critica que el dictamen no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas hasta el momento, y considera que no declarar la retroactividad significa no dar respuesta a los derechos de las personas consumidoras.  A su juicio, deberían considerarse cláusulas nulas y, en consecuencia, con efectos retroactivos y derecho a la devolución de cantidades, las cláusulas suelo en las que se quiebre el principio de buena fe contractual asi como aquéllas en las que hay falta de reciprocidad entre persona consumidora y entidad financiera favoreciendo únicamente a la segunda. También aquéllas en las que la entidad financiera no ha informado de manera transparente y suficiente a la persona consumidora.La secretaria general de Consumo ha insistido en que, ante un contexto de desequilibrio en el que el banco fija unilateralmente las condiciones del contrato y el cliente las acata, resulta difícil poner en valor el requisito de "transparencia". En este sentido, ha recordado el interés de la norma que el gobierno andaluz está elaborando y que trata de acabar con situaciones de abuso y desprotección de las personas consumidoras.La responsable de Consumo asegura que "será una Ley que actuará en el ámbito de la prevención y que afectará tanto a las personas que suscriban una operación con garantías hipotecarías como a las que les avalen". Finalmente, la secretaria de Consumo ha puesto en valor la nueva Ley que piensa en el presente y en el futuro y que conlleva una mayor transparencia en la información para proteger a la ciudadanía en la contratación de créditos hipotecarios, así como, en el caso de incumplimiento ante la pérdida de la vivienda y la demanda de cantidades, a veces abusiva para la persona.

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