Consumo visitará más de 780 establecimientos de restauración para comprobar si cumplen las normas de protección al consumidor

En 2015 se detectó un 27,8% de incumplimiento en cuestiones relacionadas principalmente con la falta o deficiente indicación de los precios de los productos

En cumplimiento de la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, la Dirección General de Consumo y los Servicios provinciales de Consumo de la Consejería de la Salud de la Junta están llevando a cabo una campaña de inspección en establecimientos de restauración que vela, entre otros aspectos, por la exactitud en el peso y medida de los bienes y la correcta prestación de los servicios, o la legalidad, transparencia y accesibilidad de los precios. En la campaña anterior se ha constatado que el 27,8% de los 753 establecimientos visitados, donde se realizaron 1.231 actuaciones, incumplía algún tipo de norma sobre los derechos de los usuarios.

Por tipos de establecimientos, los Servicios de Consumo provinciales visitaron un 40% de bares, un 18% de cafeterías y un 42% de restaurantes.

Las principales infracciones se dieron por no cumplir con la obligación de venta por unidades de peso cuando se ofertan al público productos de charcutería, queso u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza principal en los establecimientos inspeccionados. En este caso, infringieron la norma un 38% de los establecimientos.

Otro motivo de incumplimiento es que el 18% de los establecimientos inspeccionados no se encuentran expuestos los precios de comidas y bebidas, así como los servicios ofertados en el establecimiento, mediante cartas de comidas y bebidas y listas de precios.

Así, durante la campaña de 2016, se vigilará especialmente una serie de cuestiones en las que se siguen detectando continuos incumplimientos, como que los productos de charcutería, queso, o moluscos o crustáceos se oferten por unidades de peso, o por unidades, según el caso; que las balanzas estén verificadas; que se cumpla la prohibición expresa de que en las cartas listas de precios o cualquier otro medio de publicidad se refleje la expresión “precio según mercado” o similares, y que cuando se requiera factura reglamentaria o ticket, en función de la categoría del establecimiento, su importe coincida con lo reflejado en la carta de precios y que no se carguen conceptos no reflejados en la lista de precios. Se continúa, asimismo, con el control de productos de la pesca no autorizados y con el control de las aceiteras rellenables.

 

Consejos a los usuarios

En relación con los servicios que prestan este tipo de establecimientos, la Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud recomienda a los usuarios que se aseguren de que los precios sean finales y completos, incluyendo el IVA, así como que recuerden que el cubierto, la carta, la reserva de plaza o cualquier otro concepto similar no pueden ser cobrados, ya que se entienden que van incluidos en el precio y son elementos necesarios para la prestación del servicio.

Se aconseja también a los consumidores que verifiquen si existe alguna indicación de la existencia de diferencias en función de si el consumo se realiza en la mesa o en la barra, así como sobre si existen restricciones en las ofertas, como, por ejemplo, que en las mesas sólo se sirvan raciones, algo que el establecimiento puede hacer siempre que informe de ello al usuario a través de los mecanismos habilitados al efecto.

Los clientes deben tener en cuenta además que el precio de los productos de charcutería que se corten de una pieza principal debe darse por peso, y el de los mariscos debe precisarse por peso o por número de unidades, no estando permitidas expresiones del tipo “Precio según mercado”, “S.M.” o similares.

   Las personas interesadas pueden obtener más información en la web de información y atención al ciudadano Consumo Responde o en el número de teléfono gratuito 900 21 50 80.

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