La Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Consumo, recuerda que uno de los derechos esenciales contemplados en la normativa de consumo es el de recibir un presupuesto por escrito para determinados servicios, tales como los que se prestan en talleres de reparación de vehículos, los servicios de asistencia técnica de aparatos de uso doméstico, trabajos de fontanería, de mudanza, obras de reforma, inspecciones y mantenimiento de las instalaciones de gas natural y calderas, o en aquellos servicios que se contratan en el marco de eventos como bodas, bautizos, comuniones, etcétera.
El presupuesto es aquel documento donde se detallan, además de los datos de la empresa, los trabajos a realizar –también se incluyen, en su caso, materiales, piezas o componentes que se utilizarán, y en algunos casos la duración estimada de los servicios– por la empresa o el profesional y el precio total de los servicios.
Las personas consumidoras y usuarias tienen derecho a recibir por escrito el presupuesto de cualquier servicio que lo requiera, por lo que la empresa o profesional no pueden negarse a entregarlo.
Desde la Dirección General de Consumo, se recomienda a las personas consumidoras que siempre exijan el presupuesto por escrito. Al tratarse de un documento que adquiere validez legal y tiene la consideración de contrato vinculante una vez ha sido aceptado o firmado por ambas partes, se trata de un elemento esencial de cara a una posible reclamación.
Por otro lado, la realización y entrega del presupuesto puede no ser gratuita para la persona consumidora. Las empresas o profesionales pueden cobrar por el presupuesto, siempre y cuando la persona consumidora haya sido informada previamente y de forma expresa sobre dicho coste.
Si existieran modificaciones imprevistas en el presupuesto, tienen que ser aceptadas y firmadas por las dos partes. El presupuesto que ha sido aceptado por la persona consumidora tiene carácter contractual, y por ello hay que asegurarse, una vez terminados los trabajos, de que la factura final coincide con dicho presupuesto aceptado.
Hay que desconfiar siempre de aquellas empresas o profesionales que se nieguen a hacer presupuesto o facilitar la factura, o si expresan que únicamente aceptan pagos en metálico o por adelantado.
Siempre resulta conveniente comparar entre diferentes empresas para poder elegir la opción que mejor convenga de acuerdo a nuestras necesidades.
Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder a través del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como a través de la página web https://www.consumoresponde.es, y de los perfiles de X (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).
También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.