El tablón de información al público y el documento de información específica de cada enseñanza de los centros privados que imparten enseñanzas no oficiales

En los centros privados de enseñanza y, en su caso, en cada una de sus sedes existirá un tablón de información al público en la zona de atención o información a las personas usuarias.

Si el centro dispone de página web, también esta deberá incluir un tablón de información en su portada o página de inicio, claramente visible y fácilmente accesible.

 

Contenido de la información del tablón.

En el tablón de información al público figurará, al menos en castellano, y expuesta de forma permanente, clara, visible, accesible y con tamaño mínimo de letra de 4 milímetros, la siguiente información mínima:

  • Denominación, razón social y número de identificación fiscal del centro, así como su dirección postal y, si fuese distinto, también la de su domicilio fiscal, número de teléfono y número de fax o dirección de correo electrónico del centro y, en su caso, de sus diversas sedes en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la que la persona usuaria, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los bienes o servicios ofertados o contratados.
  • Nombre y apellidos o razón social de la persona, física o jurídica, titular del centro o encargada de cada sede, así como su dirección postal, número de teléfono y número de fax o dirección de correo electrónico.
  • Relación de las enseñanzas que se imparten, pudiendo agruparse por materias y familias profesionales, expresando de forma concreta las que son presenciales y las que no, así como aquellas mixtas que sean combinación de las anteriores.
  • Horario de apertura del centro durante el año y, si así procede, de la sede correspondiente con mención específica del horario de atención al público y al alumnado contratante de alguna enseñanza, que, en todo caso, deberá ser adecuado y suficientemente amplio, de tal forma que no pueda dar lugar a desatención de las personas usuarias que precisen utilizar dicho servicio.
  • Mención de las siguientes leyendas, que se incluirán con caracteres similares al resto de la información, tanto en contraste como en tipo y en tamaño de letra:
  1. «Las enseñanzas incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto por el que se regulan los derechos a la información y a la protección de los intereses económicos de las personas usuarias de centros privados que impartan enseñanzas no oficiales que son impartidas por este centro tienen la consideración de enseñanzas no oficiales y no conducentes a la obtención de un título con carácter oficial o certificado de profesionalidad».
  2. «Los documentos informativos específicos de cada una de las enseñanzas impartidas, los precios y las modalidades de pago están a disposición del público en la zona de atención o información a las personas usuarias de cada centro y sede».
  3. «El texto completo del Decreto por el que se regulan los derechos a la información y a la protección de los intereses económicos de las personas usuarias de centros privados que impartan enseñanzas no oficiales se encuentra a disposición del público y del alumnado en la zona de atención o información a las personas usuarias de cada centro y sede».
  4. «Las personas usuarias tienen derecho a solicitar la entrega de factura por el importe total de las enseñanzas o servicios recibidos, así como por las cantidades que se entregan parcialmente a cuenta de las mismas».
  5. «Este centro se encuentra adherido al Sistema Arbitral de Consumo», en el caso de que se halle adherido al mismo, y sin perjuicio del distintivo de adhesión que se haya obtenido. Si la adhesión se hubiera realizado de forma limitada, se indicarán expresamente las limitaciones de la oferta pública de sometimiento.
  6. «Este centro se encuentra adherido al Sistema de Hojas Electrónicas de Quejas y Reclamaciones», en el caso de que el centro se halle adherido al mismo.
  • En el caso de que el centro se publicite como preparador o examinador sobre la base de un convenio suscrito con otras entidades, se informará de que se dispone de una copia del mismo para su consulta por parte de las personas usuarias, que podrán acceder a la misma en todo momento, incluso antes de la eventual contratación de las enseñanzas ofertadas.
  • En caso de que se oferte cualquier clase de crédito o cualquier medio equivalente de financiación, se hará constar expresamente, en letra negrita, que, de acuerdo con el artículo 26.2 y el artículo 29.3, de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, la ineficacia del contrato de consumo determinará también la ineficacia del contrato de crédito destinado a su financiación y que la persona usuaria podrá ejercitar frente a la entidad prestamista con quien se contrate dicha financiación los mismos derechos que le corresponden frente al centro, siempre que concurran todos los requisitos siguientes:
  1. Que los bienes o servicios objeto del contrato no hayan sido entregados en todo o en parte, o no sean conforme a lo pactado en el contrato
  2. Que la persona usuaria haya reclamado judicial o extrajudicialmente, por cualquier medio acreditado en derecho, contra la empresa proveedora y no haya obtenido la satisfacción a la que tiene derecho.
  3. Toda la información indicada en el apartado anterior deberá estar agrupada y, a su vez, convenientemente destacada y separada de cualquier otra información o publicidad existente en el tablón de información al público.
  4. En los supuestos de contratos a distancia y contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil, sin perjuicio de lo previsto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 672/2019, facilitando la información en la página o páginas webs del centro y mediante la entrega en un soporte duradero, cuando la contratación tenga lugar a distancia, o mediante la entrega de esta información en papel o, si se está de acuerdo, en otro soporte duradero, cuando la contratación tenga lugar fuera del establecimiento mercantil.
  5. En todo caso, la información que figura en el tablón de información al público, además de estar disponible en la página web del centro, en su caso, deberá facilitarse a la persona usuaria que lo solicite en papel o en otro soporte duradero.

 

El documento de información específica de cada enseñanza.

En cada centro y, en su caso, en cada una de sus sedes, así como en su página web, deberá estar a disposición del público y del alumnado un documento de información específica de cada enseñanza, desde la fecha en que se oferte, se anuncie o publicite hasta su finalización.

Cada sede de todo centro privado que imparta enseñanzas no oficiales deberá, durante el plazo de 4 años desde la finalización de las enseñanzas:

  • Conservar un ejemplar de los documentos informativos específicos de cada enseñanza.
  • Tener tal ejemplar a disposición de las autoridades competentes

Este documento deberá constar en formato papel en cada centro o sede y el formato electrónico en la página web (en caso de disponer de la misma). Asimismo, incluirá, al menos en castellano, y en caracteres de tamaño suficiente para que sea legible, lo que se indica a continuación:

  • Denominación, razón social y número de identificación fiscal del centro o sede donde se imparte la enseñanza, página web, en su caso, número de teléfono y número de fax o dirección de correo electrónico, así como su dirección postal y, si fuese distinto, también la de su domicilio fiscal.
  • Plazo de vigencia de las condiciones ofertadas.
  • Mención de la leyenda “Enseñanza no oficial y no conducente a la obtención de un título con carácter oficial o certificado de profesionalidad”. Esta leyenda se reflejará de forma clara y con caracteres similares al resto, tanto en contraste como en tipo y en tamaño de letra.
  • Denominación de la enseñanza que se imparte, su duración, indicando las fechas concretas de inicio y finalización o el régimen de prórrogas si no fuera posible determinar de antemano esta última, el número total de horas lectivas y, en su caso, de horas de prácticas y entidad donde se desarrollan; el programa detallado de la misma, con indicación expresa del temario o contenidos que se van a impartir y los procedimientos y plazos en que se realizará su entrega, los objetivos o niveles de competencias que se han de alcanzar una vez terminada la formación, y la metodología utilizada.
  • Personas destinatarias de la enseñanza y los requisitos de acceso a la misma que se deben reunir, en su caso.
  • Horario y lugar en el que se va a impartir la enseñanza, para la modalidad presencial o mixta.
  • Material necesario para el desarrollo de la enseñanza, con indicación expresa del que se pone a disposición de las personas usuarias por parte del centro, y de si está incluido en el precio o no y, en caso de que no lo estuviese, el coste concreto del material, si este fuese comercializado por el propio centro.
  • Condiciones para la superación de la enseñanza y para la obtención del correspondiente diploma o certificado de asistencia, indicando el mínimo necesario de asistencia o sistema equivalente en la modalidad a distancia, y, en su caso, la existencia de pruebas de superación o exámenes.
  • Sistema previsto para contactar con el profesorado, o la indicación expresa de que no existe tal posibilidad.
  • Número máximo de alumnado por enseñanza, el plazo de inscripción, si lo hubiera, y las características y condiciones del derecho de reserva de plaza, en su caso.
  • Especificación del profesorado que imparte la enseñanza, indicando su cualificación, su formación académica, actualización formativa, experiencia profesional o cualquier otro aspecto que pueda resultar relevante para su impartición.
  • Precio final completo, incluidos los impuestos y otros conceptos, como los derechos de matrícula o inscripción y material didáctico, si los hubiere. En el resto de los casos en que no pueda fijarse con exactitud el precio, deberá informarse sobre la base de cálculo que permita a la persona usuaria comprobar éste, indicando el importe de cada mensualidad o período de facturación, así como su fecha de vencimiento.
  • Procedimientos de pago, indicando si se exige el pago del precio total de la enseñanza por adelantado, plazo de entrega y ejecución, así como la fecha en que la persona titular del centro se compromete a entregar el material didáctico o a ejecutar la prestación del servicio.
  • Si en la publicidad emitida por el centro se hace referencia a que la enseñanza es valedera para determinadas bolsas de trabajo, listas de espera o procesos de selección de personal de cualesquiera empresas o entidades, deberán especificarse las condiciones de incorporación a la bolsa de trabajo, lista de espera o proceso de selección de referencia, y la regulación específica de dicho proceso con alusión a las anteriores convocatorias, en su caso. En el caso de que exista un convenio con la empresa o entidad que forma la bolsa de trabajo o lista de espera o selecciona al personal, se pondrá a disposición un ejemplar del mismo para su consulta.
  • Si en la publicidad emitida por el centro se hace referencia a prácticas en empresas, se informará de las condiciones de las mismas, así como de la existencia, en su caso, de convenios con dichas empresas para la realización de las mismas, y de que existe a disposición de las personas usuarias una copia de éstos para su consulta.
  • En el caso de que el centro se publicite como preparador o examinador sobre la base del convenio suscrito con otras entidades, se informará de que se dispone de una copia de dicho convenio para su consulta y puesta a disposición de las personas usuarias.
  • Si en la publicidad se aludiese a la existencia de algún tipo de beca, se incluirá de igual forma toda la documentación e información relativa a la misma.
  • Cuando las enseñanzas tengan por objeto la preparación de programas o temarios de procesos selectivos para el ingreso al servicio de cualquier Administración o Entidad Pública, en la información se habrá de indicar, desde el momento en que se encuentren disponibles tales datos, el número de plazas ofertadas, especificando las que corresponden al acceso libre y las correspondientes a promoción interna, con referencia a las reservadas a las personas con discapacidad, las características del sistema de acceso, los requisitos de participación exigidos en la convocatoria en curso o, en su caso, en la última convocatoria, poniendo a disposición de las personas usuarias la documentación referente a la convocatoria en vigor o a la última desarrollada. Si se hiciera referencia a una Oferta de Empleo Público concreta, se reflejará el estado de tramitación en que se encuentra la misma en relación con la enseñanza de que se trate.
  • En los casos de contratación a distancia y fuera del establecimiento mercantil, se deberá informar del derecho de desistimiento del alumnado, conforme a las previsiones del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • En el supuesto de que el centro tenga concertado un seguro o aval para garantizar las cantidades anticipadas, deberá identificarse a la persona física o jurídica con quien se haya suscrito, el código o número de identificación fiscal del mismo y el número de póliza correspondiente o el número de registro en el registro centralizado de avales previsto en la norma 71 de la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, del Banco de España. Tanto la existencia como la inexistencia del mencionado seguro o aval deberán hacerse constar de forma destacada.
  • En el caso de que el centro oferte cualquier clase de crédito o cualquier medio equivalente de financiación, se hará constar expresamente, en letra negrita, la información prevista de manera equivalente en el contenido informativo del tablón.

 

Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con nosotros. Le recordamos que estamos a su disposición de forma gratuita y continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, así como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Y si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas.

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