Vehículos de Movilidad Personal (VMP) – El ejemplo de los patinetes eléctricos

El uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, se ha generalizado en los desplazamientos urbanos. Para adaptarse a esta realidad y reforzar la seguridad vial y la protección de terceros, la normativa ha ido incorporando nuevas obligaciones que afectan directamente a las personas usuarias. Desde el 30 de enero de 2026, todos los VMP deben estar inscritos en el Registro de la DGT y disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.

¿Qué se considera un vehículo de movilidad personal?

Los VMP son vehículos de una o más ruedas, con una sola plaza y motor eléctrico, diseñados para circular a una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora. Algunos modelos pueden disponer de asiento o sillín, siempre que cuenten con sistema de autoequilibrado.

Quedan excluidos de esta categoría, entre otros, los vehículos con sillín sin autoequilibrado, los destinados a competición, los diseñados para personas con movilidad reducida o aquellos incluidos en el ámbito de aplicación de la normativa europea sobre vehículos a motor.

Normas básicas de circulación

Los patinetes eléctricos y demás VMP están sujetos a una serie de reglas generales que deben respetarse en todo el territorio:

  • No pueden circular por aceras ni zonas peatonales.
  • No está permitida su circulación por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías ni túneles urbanos.
  • Las personas usuarias están sometidas a las mismas tasas máximas de alcohol y a la prohibición de conducir bajo los efectos de las drogas.
  • Está prohibido conducir utilizando auriculares o dispositivos móviles.

Los ayuntamientos pueden concretar estas normas mediante ordenanzas municipales, determinando las vías autorizadas y otras condiciones específicas.

Requisitos técnicos mínimos del vehículo

Para circular, los VMP deben contar, como mínimo, con timbre, sistema de frenado eficaz, luces delantera y trasera, elementos reflectantes y avisador acústico. En condiciones de baja visibilidad, la persona usuaria debe llevar elementos reflectantes.

Además, los modelos que se comercializan deben cumplir con lo establecido en el Manual de características de los VMP de la Dirección General de Tráfico (DGT), que fija requisitos como la velocidad máxima, la imposibilidad de manipular la potencia, la presencia de frenos independientes o el marcado de fábrica del vehículo.

En este vídeo de la DGT se pueden ver las normas básicas y consejos para desplazarnos de forma segura en VMP.

Certificación y plazos de adaptación

Desde el 22 de enero de 2024, todos los VMP que se comercialicen deben estar certificados conforme al Manual de la DGT. Los patinetes eléctricos vendidos con anterioridad a esa fecha podrán circular de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027. A partir de entonces, solo podrán circular los vehículos certificados.

Modificar las características originales del patinete, como la potencia o la velocidad, implica que deje de cumplir la normativa y pueda ser sancionado.

Registro y seguro obligatorio: novedades normativas

La normativa ha incorporado cambios relevantes para las personas usuarias de patinetes eléctricos y otros VMP. A partir del Real Decreto 52/2026, se crea el Registro de Vehículos Personales Ligeros, gestionado por la DGT, y desarrolla la obligación de contar con seguro de responsabilidad civil, prevista en la Ley 5/2025.

Desde el 30 de enero de 2026, todos los VMP deberán:


La inscripción permitirá identificar el vehículo mediante una etiqueta o elemento identificativo, facilitando el control y la gestión en caso de accidente.

Esta obligación afecta, entre otros, a patinetes eléctricos, monociclos eléctricos, hoverboards, segways y dispositivos eléctricos similares sin pedales.

¿Por qué es obligatorio el seguro?

El seguro de responsabilidad civil tiene como finalidad proteger a terceros frente a los daños personales o materiales que puedan producirse durante el uso del patinete. De este modo, se evita que la persona usuaria tenga que responder con su propio patrimonio en caso de accidente y se refuerza la seguridad en los desplazamientos urbanos.

Circular sin seguro o sin inscripción en el registro puede conllevar sanciones económicas, la inmovilización del vehículo y la asunción directa de las responsabilidades derivadas de un siniestro.

Consejos antes de comprar o utilizar un patinete eléctrico

Antes de adquirir un patinete eléctrico, conviene comprobar que se trata de un modelo homologado y certificado. En el caso de compra de segunda mano, es importante tener en cuenta que los vehículos no certificados dejarán de ser legales a partir de enero de 2027.

El uso de casco homologado es obligatorio en toda España, según la normativa de la Dirección General de Tráfico desde 2025. Además, se recomienda el uso de elementos reflectantes.

Asimismo, es fundamental realizar un mantenimiento periódico del vehículo y extremar las precauciones al cargar la batería.

Por último, hay que recordar que pueden existir restricciones de acceso a determinados transportes públicos y espacios, establecidas por la normativa o por las entidades gestoras del servicio.

Desde Consumo Responde, se recomienda informarse adecuadamente antes de la compra, consultar el Manual de características de los VMP de la DGT, así como las ordenanzas municipales y la normativa vigente para circular de forma segura y conforme a la ley.

Fuente
Dirección General de Tráfico (DGT)
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