CAMPAÑA DE INSPECCIÓN DE LA PUBLICIDAD COMERCIAL 2020

La presente campaña de inspección está dirigida a hacer efectiva la protección de los derechos de las personas consumidoras aplicando las disposiciones legales derivadas del sector de la publicidad, con el objetivo de que un adecuado y efectivo control e inspección en este ámbito se traduzca en una mejora de la calidad de la información, ofertas en los bienes y en la prestación de los servicios.

A) ÁMBITO Y FECHA DE EJECUCIÓN

La presente campaña de inspección, que tiene ámbito autonómico, se realiza por todos los Servicios provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía, para hacer efectiva la protección de los derechos de las personas consumidoras aplicando las disposiciones legales derivadas del sector de la publicidad, con el objetivo de que un adecuado y efectivo control e inspección en este ámbito se traduzca en una mejora de la calidad de la información, ofertas en los bienes y en la prestación de los servicios.

Las actuaciones se desarrollarán desde el mes de mayo hasta finales de diciembre de 2020.

B) OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

El objetivo final de esta campaña es hacer efectiva la protección de los derechos de las personas consumidoras aplicando las disposiciones legales derivadas del sector de la publicidad, con el objetivo de que un adecuado y efectivo control e inspección en este ámbito se traduzca en una mejora de la calidad de la información, ofertas en los bienes y en la prestación de los servicios.

Como objetivos específicos, cabe destacar la especial vigilancia que se establecerá frente a las prácticas comerciales desleales, según la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, léase detectar la emisión de publicidad, o términos que se utilicen en la misma, de carácter desleal, aparte de revisar la disponibilidad de existencias de productos ofertados, la obligación de indicar el precio final completo y otros aspectos relacionados, comprobar diversos mecanismos o fórmulas comerciales que puedan inducir a engaño, tamaño de letras de algunas cláusulas relevantes en el proceso de venta, correcta publicidad de garantías, publicidad de créditos al consumo, etc.

C) NÚMERO DE CONTROLES

Está previsto que por los Servicios provinciales de Consumo de la Junta de Andalucía se realicen un total de 400 actuaciones de inspección, distribuidas entre empresas cuya publicidad tenga ámbito local o provincial, y empresas en que aquélla tenga ámbito regional o nacional, cualquiera que sea el medio de publicidad que utilicen los oferentes para sus comunicaciones comerciales: folletos publicitarios, prensa, radio, televisión, cartelería de establecimientos, Internet, etcétera.

D) PROTOCOLO DE INSPECCIÓN

Se adjunta el protocolo de inspección de esta campaña.

Este protocolo es un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

E) NORMATIVA DE APLICACIÓN

      La normativa de aplicación a esta campaña de inspección es la siguiente:

  • Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
  • Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
  • Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
  • Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.
  • Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
  • Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • Decreto 2807/1972, de 15 de septiembre, por el que se regula el marcado de precios en la venta al público de artículos al por menor.
  • Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.

F) DATOS DE CAMPAÑAS DE AÑOS ANTERIORES

En la campaña de inspección ejecutada en 2019 se han realizado 117 actuaciones inspectoras, en un total de 112 establecimientos, siendo el número de actas positivas de 19, lo que supone un 16% del total. El mayor porcentaje de incumplimientos se ha producido, como en el ejercicio anterior, en folletos publicitarios, seguido por la prensa escrita y de la televisión.

Respecto a los resultados concretos obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observan en que no se cumple con la normativa vigente referente a la información que la oferta comercial debe indicar, destacando: no ser veraces las referencias o menciones al organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España (Autocontrol) o a algún tipo de sello de confianza, código de conducta, distintivos de calidad, acreditación pública o privada independiente, resolución de conflictos, etcétera; el incumplimiento de lo previsto en materia de garantías cuando en la publicidad se hace referencia a ésta; no disponer de existencias de lo ofertado; no facilitar la reserva del producto agotado en las mismas condiciones promocionadas o no informar del derecho a hacer dicha reserva; y no incluir las ofertas comerciales información mínima exigida por la Ley sobre las características del bien o servicio y su precio, si no se desprende ya claramente del contexto.

G) ENLACE A LA NOTA DE PRENSA

Consumo revisa la publicidad comercial para evitar prácticas engañosas o fraudulentas

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