La presente Ley establece el régimen jurídico aplicable a los arrendamientos de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos distintos del de vivienda.
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En este sentido, se considera arrendamiento de vivienda aquel que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
El objetivo de esta norma es potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos como pieza básica de una política de vivienda basada en el reconocimiento del derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
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